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Reforma laboral: no solo el artículo 18

TODAS LAS NOVEDADES SOBRE CONTRATACIÓN Y COLCHONES SOCIALES - SE ADJUNTA EL TEXTO COMPLETO DE LA REFORMA - El Gobierno apuesta por la contratación indefinida, a la que accederán los jóvenes por la vía del aprendizaje - Contratos de duración determinada más caros para las empresas - Restricciones en los números de IVA - En llegada de Aspi y mini-Aspi.

Reforma laboral: no solo el artículo 18

lacambios en el artículo 18 y sigue en el centro de los comentarios, pero en la reforma laboral no estamos hablando solo de despidos. El proyecto de ley elaborado por el gobierno, y que ya está listo para ser discutido en el Parlamento, también se basa en otros dos pilares fundamentales: la reorganización de los contratos y las redes de protección social.

Esto es lo nuevo: 

 

CONTRATOS

el tiempo indefinido. “El objetivo es que el contrato de trabajo fijo sea el dominante que comienza con la etapa de aprendizaje, en la que pretendemos darle énfasis”, explicó ayer el ministro Fornero. En esencia, la apuesta es incentivar la contratación indefinida encareciendo los contratos precarios y premiando a las empresas que estabilicen a los trabajadores, pero también facilitando los despidos, para que las empresas ya no tengan "coartada" para no asumir.

el aprendizaje. La duración mínima del contrato es de seis meses, pero la canónica alcanza los tres años. Al final de este período, la encrucijada: la empresa podrá elegir entre terminar la relación con el aprendiz o estabilizarla con un contrato indefinido. No obstante, el derecho a aceptar aprendices sólo se otorgará a aquellas empresas que “hayan aceptado al menos el 50% de sus aprendices en los últimos tres años”, ha subrayado Fornero. Para los tres primeros años tras la entrada en vigor de la ley, sin embargo, "nos conformaremos con el 30%". La relación entre el número de aprendices y "trabajadores calificados en servicio" aumenta de 1/1 a 3/2.

el tiempo fijo. “Hemos eliminado la llamada 'causalone' del primer contrato de duración determinada, y es una liberalización importante”, ha dicho la ministra. Esto significa que los primeros contratos "de duración no superior a seis meses" pueden rescindirse incluso sin necesidad de indicar el motivo preciso del despido. El tipo de cotización de estos contratos se eleva al 1,4% y la recaudación extra se utilizará para financiar el nuevo Aspi. Sin embargo, existe un bono de estabilización: en caso de empleo indefinido, la tasa se devuelve a las empresas por un monto equivalente a seis meses de cotizaciones. 

El tiempo que transcurre entre un contrato y el siguiente aumenta de 10 a 60 días para las relaciones que duran menos de seis meses y de 20 a 90 días para las que duran más. Desaparece el contrato de inserción, mientras que para el co.co.pro se prevé un aumento de la tasa de cotización del INPS, para acercarla a la prevista para los empleados (al 33% en 2018). Además, si falta la definición precisa del proyecto en el contrato, el contrato indefinido comenzará automáticamente. 

Números de IVA. Para quienes enmascaran una relación laboral subordinada surge la obligación de contratar. Sin embargo, esta regla no tendrá vigencia inmediata, sino solo después de un año desde la entrada en vigencia de la reforma. Esta es una concesión del Gobierno a los pedidos de los empresarios. 

AMORTIGUADORES SOCIALES

Aspi, la nueva prestación por desempleo. Los recursos destinados a los nuevos amortiguadores deberían ascender a 1,8 millones. El seguro social para el empleo irá sustituyendo paulatinamente a todas las formas de movilidad y entrará en pleno funcionamiento en 2017. Se aplicará a todos los trabajadores con contrato de duración determinada, pero para tener derecho a él es necesario tener al menos dos años de antigüedad en el seguro y 52 semanas laborales en los dos últimos años. La cuantía será igual al 75% de los salarios hasta 1.150 y al 25% más allá de este umbral, pero la asignación máxima será de 1.119 euros brutos mensuales. La duración estándar del tratamiento será de 12 meses: solo para mayores de 55 años llegará a los 18 meses. La tasa de cotización debe ser del 1,3% (2,7% para trabajadores precarios). 

El mini-Aspi. Quedará reservado para aquellos que no hayan madurado los requisitos para el Aspi tradicional y tendrán una cantidad inferior a esta. No tendrán derecho a ella los trabajadores precarios, sino sólo los que tengan un contrato de trabajo subordinado. 

Fondo de solidaridad para mayores de 58 años. Con la nueva reforma de las pensiones, ya no se puede aspirar a retirarse del trabajo antes de los 66-67 años. Por otro lado, quienes pierden su trabajo y ya son ancianos tienen muy pocas esperanzas de encontrar otro. Para estas personas llega un fondo solidario cubierto por las empresas, que así utilizarán al menos una parte de la tasa que ahorrarán en los subsidios de movilidad, destinados a desaparecer. 

Contra las renuncias en blanco de las mujeres. Durante la maternidad y hasta los tres primeros años de vida del hijo, las renuncias y terminaciones consensuales del contrato deberán ser examinadas por el Ministerio de Trabajo. Los abusos serán sancionados con multas que van de los 5 a los 30 euros.  


Anexos: Reforma del Mercado Laboral.pdf

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