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Ingreso de emergencia 2021: las preguntas están en camino, así es como

A partir del 7 de abril se podrá presentar la solicitud para recibir la renta de emergencia 2021 - Aquí están los requisitos requeridos y todas las instrucciones

Ingreso de emergencia 2021: las preguntas están en camino, así es como

Desde hoy miércoles 7 de abril y hasta el viernes 30 de abril se podrá realizar solicitud para recibir ingreso de emergencia 2021, la "medida extraordinaria de apoyo a la renta" prevista por el Decreto de Apoyo. 

RENTA DE EMERGENCIA 2021: LOS BENEFICIARIOS

de acuerdo con la instrucciones proporcionadas por el INPS, el ingreso de emergencia 2021 se reconocerá por tres meses -marzo, abril y mayo- a las familias que atraviesan dificultades por la emergencia del Covid-19, siempre que cumplan, en conjunto, con ciertos requisitos económicos, patrimoniales y de ingresos. También se otorgará la Roja a quienes hayan dejado de percibir NASpI y DIS-COLL entre el 1 de julio de 2020 y el 28 de febrero de 2021 y tengan un Indicador de Situación Económica Equivalente (ISEE) ordinario o vigente en vigor, no superior a 30 mil euros. "En este caso - especifica el INPS - la medida, pagada en la cantidad fija de 400 euros por mes y siempre para los meses de marzo, abril y mayo de 2021, se debe en ausencia del derecho a la prestación a que se refiere el párrafo 1 y alternativamente ahora".

INGRESO DE EMERGENCIA 2021: CÓMO APLICAR

La solicitud debe presentarse exclusivamente en línea. Hay dos métodos: 

  • il sitio web del INPSmediante autenticación con PIN, SPID, Tarjeta de Servicio Nacional y Cédula de Identidad Electrónica;
  • Los Institutos de Patronato.

Para aplicar, el solicitante debe estar en posesión de un DSU válido.

LOS REQUISITOS PARA EL REM

Se reconoce un ingreso de emergencia a los hogares que, al momento de presentar la solicitud, cumplan en forma conjunta con los siguientes requisitos:

  • el solicitante debe ser regularmente residente en Italia al momento de presentar la solicitud;
  • en febrero de 2021 el valor del ingreso familiar debe ser inferior al umbral correspondiente al importe de la prestación, incrementado en el caso de renta declarada en DSU, en una doceava parte del importe anual de la misma;
  • En el 2020 valor de los bienes familiares debe ser inferior a 10 euros. “Este umbral se incrementa en 5.000 euros por cada componente a continuación del primero y hasta un máximo de 20.000 euros. El umbral y el techo se incrementan en 5.000 euros por cada afiliado en condición de gran invalidez o no autosuficiencia”, especifica el INPS. 
  • Il valor ISEE debe ser inferior a 15 mil euros.

LA CANTIDAD

Según lo dispuesto, el importe de cada subsidio partirá de un mínimo de 400 euros y llegará hasta los 800 euros mensuales por familia. La cifra exacta se establecerá sobre la base de los parámetros de la escala de equivalencia de ingresos de ciudadanía. El multiplicador puede llegar a 2,1 si en el hogar hay personas con discapacidad grave o personas que no son autosuficientes. En este caso, el importe de la mensualidad puede alcanzar los 840 euros.

INCOMPATIBILIDAD

El Rem no es compatible:

  • con beneficios COVID;
  • con prestaciones previsionales, directas o indirectas, con excepción del subsidio ordinario de invalidez y las prestaciones civiles de invalidez;
  • con rentas del trabajo, cuyo salario bruto total sea superior al umbral máximo de renta familiar, identificado en relación con la composición del núcleo;
  • con la Pensión de Renta y Ciudadanía recibida al momento de la solicitud.

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