comparte

PROFESIONES – Contador y revisor fiscal: vuelve la enmienda sobre la equivalencia

PROFESIONES - La norma, ya aprobada en el Parlamento en diciembre pero luego caducada, que elimina la obligación, prevista por una inminente disposición del Gobierno, de un examen específico para la inscripción de los contadores públicos en el registro será nuevamente sometida a la Comisión de Asuntos Constitucionales de la Senado de los auditores de cuentas.

PROFESIONES – Contador y revisor fiscal: vuelve la enmienda sobre la equivalencia

Vuelve al campo la cuestión de la equivalencia de los requisitos para acceder a la profesión de censor jurado de cuentas con los de inscripción en el registro de auditores de cuentas. Caído con la renuncia del Gobierno de convertir en ley el llamado decreto "Salva Roma", la regla de equivalencia será re-presentada en el Senado, como una enmienda durante la conversión del llamado decreto ley "Milleproroghe".

La modificación, sobre la que existe una amplia convergencia de consenso de los grupos políticos, pretende eliminar la necesidad de que los miembros del Colegio de Censores Jurados de Cuentas y Peritos Contables realicen un examen especial para su inscripción en el registro de auditores de cuentas y, por tanto, llevar a cabo la actividad de auditoría legal, por ejemplo en la junta de auditores legales de las sociedades anónimas. En esencia, por lo tanto, la reforma mantendría la posibilidad de que los contadores públicos obtuvieran automáticamente la inscripción en el registro de auditores con solo aprobar su examen de idoneidad profesional, dejando sin efecto la reforma introducida con el decreto legislativo 39 de 2010, es decir, una disposición de desarrollo de la comunidad de 2008. ley.

Aunque prevista por un decreto legislativo de 2010, sin embargo, la reforma aún no ha entrado en vigor a la espera de un reglamento de desarrollo específico, ahora elaborado por el Gobierno y listo para ser adoptado, que introduciría la obligación de un examen específico para acceder al registro. de auditores también para aquellos que ya están inscritos en la Orden de Contadores Públicos.

La categoría de contadores públicos ha planteado con fuerza el tema del doble examen, lo que agregaría -según ellos- una carga burocrática innecesaria y una barrera superflua para acceder a la auditoría, ya que la preparación profesional del contador público ya es adecuada, como siempre ha sido, para el ejercicio de la actividad de auditoría legal. Según los representantes de los contadores (actualmente el comisario extraordinario Giancarlo Laurini está al frente del Consejo Nacional), la reforma aprobada en 2010 no exigiría la introducción del doble examen, ya que no está previsto en la directiva comunitaria (2006 /43) en que se funda.

Ya durante la conversión del decreto ley Salva Roma (dl 126/13), en diciembre el Parlamento había insertado una disposición sobre el restablecimiento de la equivalencia, pero luego el Gobierno decidió abandonar esa disposición general (que se topó con los comentarios del presidente Napolitano). Y durante la presentación del nuevo decreto ley Milleproroghe (dl 150/13) el Ejecutivo no reinsertó la regla de equivalencia total, sino sólo una regla transitoria, que pospone el nuevo examen hasta la entrada en vigor del reglamento de aplicación de la reforma.

El decreto ley Milleproroghe (decreto legislativo 150/13) está siendo examinado, en primera lectura parlamentaria, por la comisión de Asuntos Constitucionales del Palacio Madama, que, tras reconocer las condiciones de constitucionalidad en la sesión consultiva, también ha iniciado el examen de la méritos en el cargo de referencia. El plazo de presentación de enmiendas queda fijado para el martes 14 de enero a las 13 horas.

Revisión