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Temprano: pensiones con 41 años de aportes, así es como

Las personas que pagaron 12 meses de aportes antes de cumplir los 19 años podrán jubilarse anticipadamente, pero solo bajo ciertas condiciones

Temprano: pensiones con 41 años de aportes, así es como

Los trabajadores anticipados pueden jubilarse con 41 años de aportes, independientemente de la edad. A partir de este año, de hecho, el requisito de cotización se reduce en un año y 10 meses para los hombres y 10 meses para las mujeres.

Para tener derecho al descuento es necesario haber cotizado al menos 12 meses, aunque no sean consecutivos, antes de cumplir los 19 años. Pero este no es el único requisito a cumplir. La nueva legislación prevé una serie de normas bastante restrictivas.

1. ¿QUÉ PERSONAS TEMPRANAS SON AFECTADAS POR LAS NOTICIAS DE PENSIONES?

En primer lugar, además de ser un trabajador temprano, también debe caer en una de las siguientes categorías desfavorecidas:

– personas desempleadas que hayan agotado las redes de seguridad social durante al menos tres meses;

– inválidos con una reducción comprobada en la capacidad de trabajo de al menos el 74 por ciento;

– personas que hayan estado desempeñando uno de los trabajos considerados extenuantes durante al menos seis años consecutivos (profesiones de enfermería y partería; maestros de jardín de infantes; cuidadores; porteadores; transportistas de mercancías; recolectores y separadores de desechos, personal de servicio no calificado trabajadores en la minería, construcción y industrias de mantenimiento de edificios; operadores de grúas y maquinaria móvil de perforación de construcción; conductores de camiones y vehículos pesados; conductores de trenes y personal de viaje; curtidores de pieles y pieles);

– personas que durante al menos 6 meses se hayan beneficiado de los permisos previstos en la ley 104 para asistir a su cónyuge o familiar de primer grado conviviente con discapacidad.

2. ¿CUÁNTO ANTICIPO SE OFRECE PARA LAS PENSIONES ANTICIPADAS?

Para estos sujetos, la última ley de Presupuesto redujo el requisito de cotización única a 41 años. Significa que todos los trabajadores anticipados pertenecientes a las categorías desfavorecidas a que se refiere el punto 2 podrán jubilarse con 41 años de cotización, independientemente de su edad. La medida no contempla distinciones de género, por lo que el anticipo máximo será de un año y 10 meses para los hombres y solo de 10 meses para las mujeres (estas últimas, de hecho, ya se beneficiaban de un requisito único de cotización un año inferior al previsto para los hombres: 41 años y 10 meses contra 42 años y 10 meses).

No obstante, la ansiada "cuota 41" se adaptará en el futuro a las previsiones del Istat sobre la esperanza de vida. Se trata de una actualización bienal que, según las estimaciones, supondrá un incremento de 4 meses en 2019 y otros tres meses en 2021. El Parlamento está debatiendo la posibilidad de desactivar este mecanismo.

3. ¿SE PUEDE TRABAJAR UNA VEZ EN JUBILACIÓN?

Los anticipados que se acojan al nuevo requisito para acceder a la pensión no podrán cobrar rentas del trabajo (ni por cuenta ajena ni por cuenta propia) durante el periodo correspondiente al anticipo obtenido. Ejemplo: si un hombre obtiene un descuento de un año y 10 meses, por ese mismo período de tiempo no puede compaginar su pensión con los rendimientos del trabajo.

4. ¿ESTÁ TAMBIÉN CONSIGUIENDO LA BUENA SUERTE POR ADELANTADO?

Los trabajadores públicos no. Para ellos, la reducción del requisito de aporte único no implica un anticipo similar de la indemnización por años de servicio (Tfr) o de la indemnización por años de servicio (Tfs). Es decir, a partir del 41 de mayo los trabajadores públicos anticipados pertenecientes a una categoría desfavorecida podrán jubilarse con 10 años de cotización, independientemente de la edad, pero cobrarán la indemnización al año y 10 meses si son hombres y a los XNUMX meses. si mujeres.

5. ¿QUÉ PASA SI EL DINERO ASIGNADO POR EL ESTADO NO ES SUFICIENTE?

La cuota 41 para trabajadores anticipados en condiciones difíciles se ha financiado con asignaciones precisas: 360 millones para 2017, 550 millones para 2018, 570 millones para 2019 y 590 millones a partir de 2020. Si este dinero no es suficiente, las pensiones se deslizarán hacia adelante hasta el final. las cuentas se hacen a fin de mes.

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