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Paz fiscal: desguace ter y balance y extracto empezar de nuevo

Según lo establece el decreto de Crecimiento, los contribuyentes que no cumplieron con el plazo del 30 de abril tienen hasta el 31 de julio para solicitar el pago de sus deudas tributarias en una forma facilitada.

Paz fiscal: desguace ter y balance y extracto empezar de nuevo

paz fiscal, segundo acto. Con el Decreto de crecimiento, el Gobierno ha reabierto los plazos para la incorporación al término de liquidación de las facturas tributarias y al balance y extracto (léase: amnistía), dos medidas que permiten regularizar las deudas tributarias de forma facilitada.
Resumamos brevemente en qué consiste:

  • El desguace ter permite liquidar las deudas encomendadas al cobro desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2017 sin pagar penalizaciones ni intereses de demora. En las multas viales no pagas ni los incrementos que exige la ley. También pueden acogerse al desguace los contribuyentes que se habían sumado a los desguaces anteriores, pero luego perdieron el beneficio por no haber hecho los pagos debidos.
  • El balance y extracto es un verdadero perdón. Todos los contribuyentes -incluso los profesionales- con un ISEE de hasta 20 euros pueden saldar sus deudas con la Hacienda Pública, beneficiándose de bonificaciones muy cuantiosas y de la puesta a cero de sanciones e intereses (en su lugar se mantendrá la prima de recaudación). La amnistía se puede pagar en una sola cuota hasta el 30 de noviembre de 2019 o en cinco cuotas. En cuanto a los descuentos, el 16% del importe adeudado se abonará con Isee hasta 8.500 euros, el 20% con Isee hasta entre 8.501 y 12.500 euros y el 35% con Isee entre 12.501 y 20 miles de euros. El saldo y castigo de las deudas encomendadas al cobro desde el 1 de enero de 2000 hasta el 31 de diciembre de 2017, derivadas de los pagos omitidos de autoliquidación en las declaraciones anuales y de las cotizaciones a la seguridad social adeudadas por los afiliados a los fondos profesionales o a la seguridad social gestión de los trabajadores por cuenta propia del INPS.

EL NUEVO PLAZO Y EL TARDÍO DE LA PRIMERA VUELTA

Las autoridades fiscales ya han preparado los formularios de solicitud, que deben presentarse antes de la nueva fecha límite de 31 julio.  

Quienes hubieran presentado una solicitud fuera de plazo con respecto al primer plazo, el del 30 de abril, no tendrán que repetir el trámite, pues su solicitud será atendida automáticamente por la Recaudación de Ingresos.

CÓMO SOLICITAR DESCARTE DE DOCUMENTOS O SALDO Y EXTRACTO

Por otro lado, quienes aún no hayan enviado la solicitud de incorporación al ter de desguace o al balance y extracto pueden hacerlo de tres formas:

  1. La más sencilla es gestionar la práctica con el servicio «Hazlo tú mismo», rellenando un formulario en línea en el sitio web de la Agencia de Recaudación de Ingresos.
  2. Alternativamente, se pueden utilizar otros dos modelos:
    - el modelo DA-2018-R para desguace-ter;
    – o el modelo SA-ST-R para el balance y extracto.
    Una vez cumplimentados e integrados con la documentación requerida, estos formularios deberán ser enviados por correo certificado a la dirección regional de la Agencia a la que se refiera el contribuyente (aquí está la lista de direcciones de Pec).
  3. Finalmente, la solicitud puede presentarse en mano, en formato papel, en cualquiera de las sedes territoriales de la Agencia de Recaudación de Ingresos.

LA RESPUESTA DEL IMPUESTO

Antes del 31 de octubre, la misma Agencia remitirá una comunicación a todos los contribuyentes que lo hayan solicitado para hacerles saber si han sido admitidos o no a ter o saldo y baja. En caso afirmativo, la comunicación fiscal también contendrá una indicación de las cantidades adeudadas y los comprobantes que se utilizarán para el pago.

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