comparte

Andad y niños, ¿qué se puede hacer? La noticia del Ministerio del Interior

Niños y ancianos: la última circular del Viminale sobre los viajes ha creado estragos entre las Regiones - El ministerio publica una nueva aclaración: ¿cuándo puedes sacar a pasear a tu hijo? ¿Cuáles son las reglas generales? aquí están todas las respuestas

Andad y niños, ¿qué se puede hacer? La noticia del Ministerio del Interior

Caminar ¿sí o no? Lo último circular del Ministerio del Interior, de 31 de marzo, que contiene "aclaraciones" sobre viajes y reuniones en tiempos del coronavirus, ha creado bastantes polémicas en todo el país. El presidente de la Región de Campania, Vincenzo De Luca, habló de un "mensaje muy serio e irresponsable", mientras que el consejero de Salud de Lombardía, Giulio Gallera, advirtió del riesgo de crear "un efecto psicológico devastador, anulando los esfuerzos y sacrificios realizados para lejos”. Duras críticas que obligaron al Ministerio del Interior a emitir un nuevo comunicado de prensa destinado a "aclarar las aclaraciones" proporcionadas 24 horas antes.

PASEO: LAS ACLARACIONES DEL VIMINALE

A las 10.03 del 1 de abril, el ministerio dirigido por Luciana Lamorgese publica una nota titulada: "Las aclaraciones del ministerio tras la circular del 31 de marzo sobre las disposiciones para la prevención del contagio de la Covid-19.

En el interior se explica inmediatamente que “las reglas de viaje para contener la propagación del coronavirus no cambian”. Así que sigue siendo válido lo establecido por el Gobierno en los decretos anteriores.

El problema es que ante la confusión y las numerosas dudas sobre la legislación, muchos ciudadanos no tienen claro qué se puede hacer y qué no. 

En cuanto a los viajes, la regla general, reitera el Viminale, es el siguiente: 

“Sólo se podrá salir de casa en los casos ya previstos por los decretos del Presidente del Consejo de Ministros: por trabajo, por motivos de absoluta urgencia o necesidad y por motivos de salud”.

Fuente: Ministerio del Interior

No solo eso, la "prohibición general de reuniones" sigue vigente, así como la obligación de respetar la distancia mínima de seguridad, igual a un metro. 

Hablando en cambio de los ahora famosos paseos, en la nota fechada el 1 de abril, el ministerio aclara que puedes ir a tomar un soplo de aire fresco con tu hijo, pero con ciertas apuestas. En detalle: 

“Se ha precisado que se permite la posibilidad de salir con los hijos menores de edad para que solo uno de los progenitores camine siempre que se realice cerca de su domicilio y con motivo de viajes motivados por situaciones de necesidad o de salud”.

Fuente: Ministerio del Interior

No hay juegos al aire libre, ni pelota ni bicicletas. Incluso en los casos en que esté permitido, deberá permanecer cerca de su domicilio (unos 200 metros) y mantenerse alejado de parques, villas, áreas de juego y jardines públicos. 

CUANDO SE PUEDE DAR UN PASEO: LA CIRCULAR DEL 31 DE MARZO

A nivel general, la circular de 31 de marzo explica que: 

  1. un padre (solo uno) puede sacar a pasear a su hijo, quedándose siempre cerca de casa, 
  2. puedes acompañar a una persona mayor o incapacitada a dar un paseo “por motivos de necesidad o de salud”, permaneciendo siempre cerca de tu domicilio.

En paseos con niños de hecho especifica: 

“En cuanto a los movimientos de las personas físicas, se entiende que sólo uno de los padres puede pasear con sus hijos menores, ya que esta actividad se remonta a las actividades motoras al aire libre, siempre que sea cerca del domicilio. La misma actividad también podrá realizarse en el contexto de viajes motivados por situaciones de necesidad o por motivos de salud”

Fuente: Ministerio del Interior

Cabe señalar que, según el Viminale, cuando hablamos de "actividad motriz permitida" no se refiere a la actividad deportiva, como trotar, por ejemplo. 

También podrán permitirse los desplazamientos cerca del propio domicilio justificados por la necesidad de acompañar a personas mayores o discapacitadas por personas que se ocupen de su asistencia, por la imputabilidad de los mismos desplazamientos a razones de necesidad o de salud.

Fuente: Ministerio del Interior

Revisión