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Números de IVA, más protecciones en camino: las novedades en 7 puntos

De la deducibilidad de los gastos de formación a las cláusulas abusivas, del permiso de maternidad al permiso parental, pasando por las nuevas reglas en caso de embarazo, enfermedad o lesión: esto es lo que prevé el proyecto de ley aprobado en Consejo de Ministros - Fuerte empuje y más garantías también para el "trabajo ágil" desde casa

Números de IVA, más protecciones en camino: las novedades en 7 puntos

“Un sistema de derechos y bienestar moderno” para los trabajadores por cuenta propia y nuevas normas para regular el denominado “trabajo ágil”, la actividad que se realiza sin puesto de trabajo fijo. Estos son los dos capítulos principales del proyecto de ley aprobado ayer por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministro de Trabajo, Giuliano Poletti.

El texto -junto con el que contiene el nuevo plan de lucha contra la pobreza- viajará al Parlamento vinculado a la ley de Estabilidad, con el fin de acelerar su aprobación. 

TRABAJADORES POR CUENTA PROPIA

La primera parte de la disposición se refiere a los números de IVA individuales y los inscritos en la gestión separada de INPS. Aquí están los recién llegados.

1) Concesiones fiscales. De la base imponible se podrá deducir el 100% de los gastos ocasionados por:

formación, o participación en jornadas, congresos y cursos de actualización profesional (con un límite de 10 mil euros anuales);

servicio certificación personalizada de competencias, orientación, investigación y apoyo al autoemprendimiento dirigido a la inserción o reinserción del trabajador autónomo en el mercado laboral (en este caso el límite máximo es de 5 mil euros anuales);

Seguros contra el impago de los servicios de trabajo por cuenta propia. 

La última innovación tiene como objetivo "facilitar la estipulación de estas pólizas - explica Palazzo Chigi en una nota - y al mismo tiempo el desarrollo del mercado de seguros y la difusión de estas formas de seguro, con la consiguiente reducción de costos para el auto- empleado".

2) Cláusulas abusivas. Se consideran ineficaces las cláusulas que dan al empleador el derecho de modificar unilateralmente las condiciones del contrato, incluido el desistimiento. También son nulas de pleno derecho las cláusulas que establezcan plazos de pago superiores a 60 días desde la emisión de la factura.

3) Maternidad. Para percibir el subsidio de maternidad (al que se tiene derecho en los dos meses anteriores y en los tres meses siguientes a la fecha del parto) ya no será necesario suspender el trabajo.

4) Licencia parental. Se amplía la duración máxima de la prestación por permiso parental (6 meses) y el plazo en el que se puede hacer uso de ella (los 3 primeros años de vida del hijo).

5) Embarazo, enfermedad, lesión. La relación laboral de los trabajadores por cuenta propia que trabajen de forma continua para el cliente se suspende sin goce de sueldo (no se rescinde) en caso de embarazo, enfermedad o lesión, por un período no superior a 150 días por año natural. 

También se podrá suspender el pago de las cotizaciones a la seguridad social y de las primas del seguro durante todo el tiempo que dure la enfermedad o accidente hasta un máximo de 2 años, en el caso de que la enfermedad o accidente sea de tal gravedad que impida la realización de actividad laboral por más de 60 días. Al término de la suspensión, el trabajador estará obligado a pagar las cotizaciones y primas suspendidas en un número de cuotas mensuales igual a tres veces los meses de paro.

6) Enfermedades oncológicas. Los periodos de enfermedad certificada resultantes de tratamientos terapéuticos de enfermedades oncológicas equivalen a estancia hospitalaria.

7) Pon y Por. Los trabajadores por cuenta propia son tratados como pequeños empresarios a efectos de acceder a los programas operativos nacionales y regionales con cargo a los fondos estructurales europeos.

Con el visto bueno al nuevo paquete de medidas, "queremos aumentar las protecciones para este trabajo en las transacciones comerciales y asegurar que los autónomos no se vean afectados por contratos duros de los que no puedan escapar", dijo Poletti a finales de el MDL, explicando que con el proyecto de ley, el gobierno pretende contrarrestar "cláusulas y conductas abusivas".

TRABAJO ÁGIL (O “SMARTWORKING”)

El smart working, explica el Gobierno, "consiste en el trabajo subordinado que puede realizarse en parte dentro de los locales de la empresa y en parte fuera, sólo dentro de los límites de la duración máxima de la jornada laboral diaria y semanal, derivados de la ley y de la negociación colectiva". .

En este contexto, las nuevas medidas puestas en marcha por el Ejecutivo son tres:

1) Tratamiento económico. Por las mismas tareas realizadas, el trabajador tiene derecho a recibir un trato económico y normativo no inferior al de los empleados que laboran exclusivamente dentro de la empresa.

2) Desgravación del bono de productividad. Incluso a quienes trabajan en modo ágil se les tendrán que reconocer los incentivos fiscales y de seguridad social que se les puedan reconocer por incrementos en la productividad y eficiencia del trabajo subordinado.

3) Salud y seguridad. El empleador también debe garantizar el cumplimiento de las normas de seguridad y salud al trabajador que realice el trabajo en modo de trabajo inteligente.

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