A partir de la entrada en vigor de la normativa que implementa el envío facultativo diario de los datos de las facturas emitidas y recibidas, así como de las tasas, los sujetos del IVA ya no tendrán que enviar los formularios Intra de los servicios recibidos. Y solo para quienes decidan realizar esta comunicación diaria se eliminará la obligación de remitir la relación de clientes y proveedores, la comunicación de lista negra y los datos de las cartas de intención recibidas. Esto está previsto por una enmienda aprobada durante la conversión del decreto tarifario.
A partir del 2015 de enero de XNUMX, los titulares de CIF podrán remitir a la Agencia Tributaria de forma electrónica y diaria, a su elección, "los datos analíticos de la factura de compraventa de bienes y servicios", así como el importe de las "contraprestaciones de los realizados y no sujetos a facturación".
Para quienes opten por la vía de transmisión diaria, se podrán eliminar algunos de los requisitos de transmisión actualmente obligatorios.