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Salarios dignos a 12 euros al mes: la Cámara vuelve a intentarlo

El nuevo tratamiento económico de los diputados prevé un salario bruto mensual de 5 euros más 7 euros de reintegro de gastos: lo debate la Comisión de Asuntos Constitucionales de Montecitorio a partir de un nuevo texto elaborado por la grillina Lombardi

Salarios dignos a 12 euros al mes: la Cámara vuelve a intentarlo

Salarios de honor: 5 euros brutos mensuales más reembolsos de gastos por 7 euros. La Cámara vuelve a intentar definir, por ley, el tratamiento económico de los parlamentarios. Un primer intento había llegado a la discusión en el aula, pero luego todo había vuelto a la comisión. Y la comisión de asuntos constitucionales de Montecitorio ha aprobado un nuevo texto. La ponente es la grillina Roberta Lombardi.

Veamos los aspectos más destacados:

1) INDEMNIZACIÓN. la indemnización debida a los parlamentarios por el desempeño de su mandato es igual, bruta de retenciones en origen y de cotizaciones a la Seguridad Social, a 5.000 euros mensuales y se abona durante doce meses. Esta indemnización se actualiza anualmente en base a los ajustes automáticos establecidos por los índices Istat y está sujeta a la tributación del régimen fiscal ordinario vigente.

2) GASTOS DE ESTANCIA Y VIAJE. Los miembros del Parlamento tienen derecho al reembolso de los gastos de manutención y viaje documentados dentro del límite máximo de 3.500 euros al mes. No se reconoce el reembolso de los gastos de alojamiento a los diputados que residen en el municipio de Roma. Estas devoluciones están exentas de todo impuesto y no pueden calcularse a los efectos de determinar la base imponible y determinar la tasa de cualquier impuesto o gravamen adeudado al Estado u otros organismos, ni para ningún otro efecto. Las Presidencias de las dos Cámaras determinan el monto de la reducción del reembolso por cada día de ausencia del parlamentario a las sesiones de la Asamblea, de los Ejecutivos o de las Comisiones en las que se hayan votado y regulan las modalidades de ejecución. .

3) GASTOS POR EL EJERCICIO DEL MANDATO A cada diputado se le otorgan 3.690 mensuales en concepto de reembolso de los gastos ocasionados por el ejercicio del mandato representativo.

4) LIQUIDACIÓN. Los parlamentarios que hayan cesado en su mandato tienen derecho a una indemnización cuyo monto sea proporcional al monto de la indemnización y a la duración total del mandato representativo realizado y se calcule conforme a lo dispuesto en el artículo 2120 del código civil.

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