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Nuevos bonos y libreta de familia: una guía de 5 puntos

El INPS activó la plataforma en línea que los empleadores, familias y trabajadores deberán utilizar en el caso de los servicios ocasionales - Niñeras, cuidadoras y tutorías, actividades de temporada en la agricultura y el turismo son algunos de los servicios a los que recurrir a los nuevos contratos. Aquí está todo lo que necesitas saber.

Nuevos bonos y libreta de familia: una guía de 5 puntos

Hoy, lunes 10 de julio de 2017, se estrenan la libreta de familia y el contrato de servicios discrecionales, las dos herramientas creadas para sustituir a los antiguos bonos con el truco de la primavera.

Frente a los antiguos bonos de trabajo, hay varias novedades: un procedimiento exclusivamente telemático y la desaparición de los cupones de papel; límites económicos más estrictos; doble vía para familias y empresas. 

I) ¿QUÉ SON EL FAMILIAR Y EL ACUERDO DE SERVICIOS OCASIONALES?

Il libro de registro familiar está destinado a personas físicas que no ejercen un negocio o una profesión por cuenta propia, pero realizan tareas domésticas como jardinería, tutoría y cuidado de niños.

Il contrato de rendimiento ocasional, en cambio, será utilizado por el resto de empresarios, es decir, administraciones públicas, profesionales, trabajadores autónomos, empresarios, asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas. 

II) ¿CÓMO SE UTILIZA LA PLATAFORMA TELEMÁTICA DEL INPS?

– Registro

En la web del INPS, en el apartado "Servicios ocasionales", está activa la plataforma web que permite activar el libro de familia y el contrato de servicios ocasionales.

Tanto los empleadores como los trabajadores deberán registrarse, utilizando una de estas tres claves:
1) el PIN del dispositivo Inps;
2) las credenciales del Sistema Público de Identidad Digital (Spid);
3) las credenciales del Tarjeta de Servicio Nacional (CNS).

Alternativamente, el registro también puede realizarse a través del centro de llamadas del Instituto, o mediante la asistencia de patrocinadores e intermediarios autorizados (pero atención: esta última posibilidad no debería estar disponible antes de finales de julio).

– Comunicaciones

Las comunicaciones que certifiquen la ejecución del servicio también deberán enviarse a través de la plataforma del Inps.

En el caso del libro de familia, el informe debe enviarse antes del tercer día del mes siguiente al trabajo.

Para el contrato ocasional, en cambio, el plazo expira una hora antes del inicio del servicio (obligación que, sin embargo, no afecta a las empresas activas en la agricultura). El prestamista es notificado por correo electrónico o sms. Si la obra no se lleva a cabo, la declaración puede ser revocada hasta la medianoche del tercer día siguiente al previsto para la ejecución.

– Pagos

Los empleadores tienen que pagar una suma de dinero para abrir una especie de cuenta digital a través de la cual pagar los servicios ocasionales. Después de eso, para pagar las sumas adeudadas a los trabajadores, pueden usar dos herramientas:

1) el formulario F24: las personas físicas que utilicen el libro de familia deberán indicar "LIFA" como motivo de pago; para todos los demás clientes, que hacen uso del contrato de servicio discrecional, el motivo es "CLOC";
2) el procedimiento informático AgID Pago Pa.

En ese momento el INPS enviará las cuotas vía web (también reenviando las cotizaciones del seguro al Inail) hasta el día 15 del mes siguiente. Los trabajadores podrán decidir cómo recibir el crédito, eligiendo una de las siguientes opciones:

1) a una cuenta corriente bancaria o de correos;
2) en la libreta de ahorro postal;
3) con tarjeta de crédito;
4) a través de una transferencia bancaria domiciliada que se puede recoger en la oficina de correos.

III) ¿QUÉ ES EL SALARIO MÍNIMO?

Para Libretto Famiglia el salario mínimo es de 10 euros la hora, de los cuales 8 euros van a parar al bolsillo del trabajador, mientras que 1,65 se destinan a la cotización del IVS a la gestión separada del INPS, 0,25 a la prima del seguro Inail y 0,10 a los gastos de gestión.

En cuanto al contrato de servicios eventuales, el salario diario debe ser de al menos 36 euros (que corresponde al salario mínimo de 4 horas de trabajo, aunque el servicio sea de menor duración). Para las horas posteriores a la cuarta, la tarifa adicional es de 9 euros por hora, a los que se suman los gastos a cargo del empleador (2,97 euros por la contribución del IVS a la gestión separada del INPS y 0,32 euros por la prima del seguro Inail). Se añade un 1% adicional al total de los pagos por los costes de gestión de la realización del trabajo ocasional y al pago de la retribución al prestador del servicio. El coste total por hora se convierte así en 12,29 euros.

En el sector agrícola, sin embargo, no está previsto el salario mínimo por hora de 9 euros y la ley se remite a los convenios colectivos del sector. En esencia, la circular del INPS se aplica a todas las tarifas mínimas nacionales para viveros de flores: 7,57 euros para la zona 1, 6,94 euros para la zona 2 y 6,52 euros para la zona 3.

IV) ¿QUÉ HAY DEL MÁXIMO?

La nueva ley prevé los siguientes límites económicos:

a) Cada trabajador no puede ganar más de 5.000 euros al año en trabajos eventuales, un tope válido para la suma de todas sus ocupaciones con diferentes empleadores.

b) Cada empleador no puede pagar a un trabajador individual más de 2.500 € al año. Una vez superado este umbral, se activa la obligación de estar contratado con contrato indefinido (lo mismo ocurre con los servicios que superan el umbral de las 280 horas durante el año natural). En total, el empresario no puede hacer uso de servicios discrecionales por más de 5.000 euros al año.

V) ¿CUÁNDO NO SE PUEDEN UTILIZAR LOS NUEVOS CONTRATOS?

No puede acogerse al contrato de servicios discrecionales el empresario que en los seis meses anteriores al servicio discrecional haya tenido una relación laboral o una colaboración coordinada y continuada con el trabajador. También se excluyen las empresas con más de cinco empleados permanentes, las activas en el sector de la construcción o minería y las empresas que ejecutan contratos de obras y servicios.

Las empresas del sector agrario sólo pueden acogerse al trabajo eventual de pensionistas, estudiantes hasta 25 años, desempleados y beneficiarios de ayudas a la renta, siempre que no estuvieran inscritos en el registro de trabajadores agrarios el año anterior.

Las administraciones públicas solo pueden utilizarlos para necesidades temporales o excepcionales (proyectos especiales para categorías de sujetos en estado de pobreza, discapacidad, detención, drogadicción, uso de redes de seguridad social; obras de emergencia relacionadas con desastres o eventos naturales repentinos; organización de actividades solidarias de eventos).

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