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Hipotecas: Directiva de la UE pone en riesgo las amortizaciones y subrogaciones

En menos de un año, Italia deberá implementar las medidas contenidas en la directiva de la UE transpuesta hace unos días. La armonización con la legislación europea corre el riesgo de devolver sanciones a las subrogaciones y reembolsos anticipados.

Hipotecas: Directiva de la UE pone en riesgo las amortizaciones y subrogaciones

Subrogaciones y amortizaciones anticipadas corre el riesgo de volverse tabú de nuevo. El 2 de julio, Italia implementó la directiva europea sobre hipotecas, cuyas medidas deben estar operativas antes del 21 de marzo de 2016.

En ese momento el peligro es que nuestro país vuelva a introducir la penalización por terminación anticipada, al mismo tiempo que ponía en crisis el mercado de los sucedáneos que en los últimos tiempos ha sido protagonista de un auténtico boom.

En otras palabras, las medidas establecidas por el decreto bersani de 2007 podría enviarse al desván para armonizar la legislación italiana con la comunitaria. De hecho, hace ocho años, el entonces Ministro de Desarrollo Económico canceló paulatinamente la penalización que pagaban los clientes por amortizar anticipadamente sus hipotecas, considerada un obstáculo a la competencia y a la movilidad de los clientes que, para pasar de un banco a otro, pueden tener ceder hasta el 6% del principal pendiente de los contratos a tipo de interés fijo. 

La directiva de la UE establece en su lugar que "los Estados miembros podrán disponer que el acreedor tenga derecho, cuando esté justificado, a una compensación justa y objetiva por cualquier coste directamente relacionado con el reembolso anticipado".

En lenguaje sencillo, es probable que la sanción vuelva a aplicarse. A ello se suma que el citado texto establece que los bancos podrán vincular al préstamo las solicitudes de apertura de cuentas corrientes, cuentas de depósito, productos de inversión o planes de pensiones, que tendrán por objeto garantizar a las entidades la devolución del préstamo. 

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