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Multas: si no paga a partir del 1 de julio, se activará el retiro en la cuenta corriente

A partir del 1 de julio, las autoridades fiscales tendrán la posibilidad de embargar las cuentas corrientes y retirar de ellas el monto de las multas impagadas - Lo mismo puede hacerse con las facturas impagas, sellos de automóviles, contribuciones e impuestos - Aquí está todo lo que necesita saber sobre las próximas noticias.

Multas: si no paga a partir del 1 de julio, se activará el retiro en la cuenta corriente

Una pequeña revolución fiscal, que transcurrió en silencio, está a punto de llegar. A partir del XNUMX de julio, por cada multa no pagada, las autoridades fiscales podrán embargar la cuenta corriente del contribuyente multado y retirar el importe a pagar directamente de la cuenta.

Una importante novedad para la que ni siquiera será necesaria la aprobación de un juez y que permitirá a la administración financiera hacerse con las cuentas corrientes de todos. Un cambio que no gusta a las asociaciones de consumidores, ya en pie de guerra incluso antes de la entrada en vigor de la nueva legislación. Las mismas reglas se aplicarán también a las facturas impagas, sellos de automóviles, contribuciones al INPS e impuestos por pagar.

La nueva disciplina fue desencadenada por la supresión de Equitalia que, a partir del 1 de julio, pasará a la Agencia Tributaria que, por tanto, también se ocupará del cobro de créditos. Será precisamente esta nueva estructura la que permitirá a Equitalia acceder a las bases de datos de las autoridades fiscales, consultar los importes en las cuentas corrientes de cada contribuyente y embargarlos.

Sin embargo, el retiro no será automático. En primera instancia, todo contribuyente multado que no haya pagado el monto adeudado recibirá avisos y recordatorios de pago. En este punto, habrá 60 días para pagar su deuda pagando el monto total o pagando en cuotas. Por supuesto, también puede apelar. Transcurridos los 60 días disponibles, se iniciará la recuperación forzosa.

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