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Multas en serie por la misma infracción: la parada procede si no hay impugnación inmediata

Una reforma al Decreto de Transporte que modifica el Código de Circulación establece que ya no se podrá recibir multas reiteradas por la misma infracción en el tiempo

Multas en serie por la misma infracción: la parada procede si no hay impugnación inmediata

Los automovilistas que cometerán la misma ofensa varias veces sin recibir ninguna disputa inmediata tendrá que pagar una sola multa. Así lo prevé una reforma aprobada por el Senado al decreto sobre la seguridad de las infraestructuras y el transporte que modifica algunas normas del Código de Circulación. La disposición debe pasar en breve al examen final de la Sala.

El ejemplo típico es el de alguien que aparca su coche sin parking y luego se va de vacaciones. A su regreso, con las normas actuales, puede encontrarse bajo el limpiaparabrisas hasta una decena de multas, mientras que en el futuro esto ya no sucederá.

En esencia, la nueva ley prevé que la infracción administrativa objeto de la primera notificación también termine los comprobados en los 90 días anteriores y aún no notificados. La condición, además de la falta de impugnación inmediata, es que la infracción sea siempre la misma.

Los costos de evaluación y notificación relacionados con cada infracción aún deberán pagarse. Sin embargo, si hay condiciones para pagar la multa reducida, en estos casos la sanción será igual al triple del mínimo legal previsto para la infracción cometida, si fuere más favorable. El pago podrá efectuarse dentro de los 100 días siguientes a la primera notificación o impugnación inmediata y permitirá solicitar la radicación de las multas absorbidas.

Vehículos extranjeros: la novedad introducida para los vehículos matriculados en el extranjero

A 'otras noticias introducido por el Senado en el texto del decreto luego establece que, en caso de infracciones cometidas por vehículos registrado en el extranjero, cuando no sea posible dificultades objetivas proceder a enrolarse en la función o iniciar otros procedimientos de cobro forzoso contra el conductor o propietario, el cobranza coactiva puede ser activado en los siguientes cinco años contra aquellos que habían sido encontrados en conduciendo el vehiculo. El Ministerio de Infraestructura y Movilidad Sostenible, en convenio con el Ministerio del Interior, deberá dictar una disposición para determinar los procedimientos de cobro.

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