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Patinetes eléctricos, nuevas reglas: flechas y doble freno obligatorios a partir del 30 de septiembre

Los patinetes ya en circulación tendrán tiempo de adaptarse hasta el 1 de enero de 2024 - Queda el quid de la obligación del seguro

Patinetes eléctricos, nuevas reglas: flechas y doble freno obligatorios a partir del 30 de septiembre

Scooters y nuevo código de circulación 2022 en el camino El Decreto del gobierno, publicado el pasado 18 de agosto, establece en detalle las características técnicas que deben tener estos vehículos y los dispositivos con los que deben estar equipados para circular con seguridad. En espera de cualquier legislación relacionada con la obligación de asegurar la responsabilidad civil por daños a terceros, las nuevas reglas para scooters se relacionan principalmente con los frenos, las luces y la señal acústica. Por tanto es posible cumplir con la obligación dentro de los plazos establecidos por la ley: el 30 septiembre para nuevos especímenes a la venta y la 1 enero 2024 para los que ya están en circulación.

Patinetes eléctricos: las nuevas reglas

Le flechas será de color ámbar y parpadeará con una frecuencia de entre 1 y 2 hercios y una duración de impulso superior a 0,3 segundos, medida al 95 % de la intensidad luminosa máxima. Deben instalarse tanto en la parte delantera como en la trasera, en parejas derecha-izquierda simétricas respecto al eje longitudinal del scooter, a una altura del suelo entre 150 y 1400 milímetros. Pero, si se colocan de manera que sean visibles tanto desde la parte delantera como desde la trasera, por ejemplo, en el manillar, incluso un solo par es suficiente. Las demás características de los intermitentes son las mismas que para las bicicletas (por el artículo 224 del reglamento de desarrollo del Código de Circulación, pero con una intensidad de la luz emitida no inferior a 0,3 velas).

Además, los patinetes eléctricos “deben estar equipados con freno en ambas ruedas" y el dispositivo de frenado "deberá ser independiente para cada eje y deberá poder actuar rápida y eficazmente sobre las respectivas ruedas".

Mientras que “el sonido emitido por el campana debe ser de tal intensidad que pueda percibirse al menos a 30 m de distancia".

Los patinetes ya en circulación

Para los scooters que ya están en la carretera, tanto los intermitentes como los frenos deben montarse en kits "específicamente previstos" para cada modelo y en conformidad con la directiva n. 2006/42/CE a los que se aplican los scooters, lo mismo que se exige a todo el vehículo para obtener el marcado CE (que es obligatorio).

El decreto también establece las características y modalidades de instalación de las demás equipo obligatorio (zumbador; luz delantera fija blanca o amarilla; luz trasera roja fija) e opcional (por ejemplo, la luz de freno).

La persona que utiliza el scooter es responsable de la elección de los dispositivos en orden y de su correcta instalación (también porque no se puede identificar con certeza al propietario, ya que no se proporciona la placa de matrícula ni un registro de ejemplares circulantes).

Finalmente, el decreto resume y completa las características técnicas que deben tener los patinetes, como la potencia máxima, la longitud y anchura máximas del vehículo, su peso y el diámetro de las ruedas. Todos los ejemplares comercializados a partir del 30 de septiembre también tendrán que llevar una etiqueta que indique la carga máxima que pueden soportar.

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