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Modelo F24, arranca la revolución online: más de mil euros es obligatorio pagar a través de la web

La obligación de utilizar el modelo telemático F24 a través de los servicios online "F24web" o "F24online" entra en vigor para pagos superiores a mil euros (y no solo) - Es posible contactar con intermediarios autorizados o utilizar servicios de banca por internet de intermediarios afiliados - Pero el papel F24 (para algunos) sobrevive.

Modelo F24, arranca la revolución online: más de mil euros es obligatorio pagar a través de la web

Dispara una importante novedad para elF24. A partir de hoy, los contribuyentes particulares (ya se requiere titular de IVA) deberán utilizar el modelo telemático, ya no en papel, a través de los servicios en línea de la Administración Financiera ("F24web" o "F24online" a través de los canales fisconline o Entratel).

La obligación, introducida por el decreto 66/2014 que a su vez fue convertido por la ley 89/2014, se refiere a tres casos particulares aclarados por la Agencia Tributaria en la circular núm. 27/E de 19 de septiembre pasado. Aquí están:

1) Modelos F24 con saldo superior a mil euros, independientemente de la presencia o ausencia de créditos utilizados en compensación

2) Modelos F24 con saldo cero, es decir, aquellos en los que las cantidades que figuran en la columna "importes deudores pagados" son iguales a las indicadas en el apartado "importes compensatorios de créditos". Es decir, cuando los pagos vencidos y los créditos fiscales sean equivalentes. 

3) Formularios F24 que contienen créditos utilizados como compensación donde el saldo final es mayor que cero.  

Como alternativa a la comunicación directa a través de la web, en el primer caso el contribuyente puede dirigirse a un intermediario autorizado (contadores, Caf o asociaciones gremiales de empresarios), quienes realizarán la transmisión utilizando los servicios “F24 acumulativo” o “F24 débito único”; en el segundo y tercer caso, sin embargo, será posible utilizar los servicios de banca por Internet puestos a disposición por intermediarios afiliados a la Agencia (bancos, oficinas de correos italianas, agentes de cobro y proveedores de servicios de pago).

Seguirá usando el modelo de papel F24 sólo cuatro categorías de contribuyentes:

1) no titulares de IVA que tengan que pagar cantidades iguales o inferiores a mil euros, siempre que no existan créditos compensatorios;

2) aún entre los que no tienen CIF, los que tienen planes de pago de impuestos, contribuciones y otros ingresos a plazos a 2014 de octubre de 31, para pagos hasta el 2014 de diciembre de XNUMX incluso en el caso de cantidades superiores a mil euros, de créditos de compensación cero o modelo de saldo;

3) los que utilicen formularios preelaborados enviados por las autoridades fiscales (por ejemplo, la Agencia Tributaria o los Ayuntamientos) con un saldo final superior a mil euros, también en este caso siempre que no se indiquen créditos compensatorios;

4) contribuyentes que tienen derecho a ventajas fiscales en forma de créditos fiscales que pueden ser utilizados en compensación exclusivamente de los agentes de recaudación.

La obligación de utilizar sistemas telemáticos, en todo caso, no se aplica a los pagos realizados con instrumentos distintos al F24 (por ejemplo, pagos directos a Hacienda y transferencias electrónicas).

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