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Modelo 770: la extensión también se aplica a la certificación única. Las últimas noticias

La prórroga concedida a los agentes de retención para la presentación del modelo 770 2015 también se aplica a las certificaciones únicas que contengan rentas no declarables con el modelo 730. La nueva fecha límite es el 21 de septiembre – Últimas noticias.

Modelo 770: la extensión también se aplica a la certificación única. Las últimas noticias

La prórroga hasta el 21 de septiembre de 2015 del plazo para presentar la modelo 770/2015, que sólo carece de oficialidad tras el anuncio en la Cámara del Viceministro de Economía Luigi Casero, también provocará la postergación de los cumplimientos vinculados a la declaratoria.

En detalle, los que deberían haber emitido antes del 31 de julio certificaciones únicas de rentas pagadas en el período impositivo 2014 y no enviadas en el plazo anterior de 9 de marzo, tendrán hasta finales de septiembre para regularizar su situación. La prórroga se refiere en particular a las certificaciones que contienen únicamente los ingresos que no pueden declararse a través del modelo 730 y que debían enviarse antes de finales de julio.

La Agencia Tributaria confirma lo dicho en la circular nº 26, de 7 de julio, en la que se han resuelto las dudas sobre el vencimiento de las CU no enviadas hasta marzo. El motivo de la doble prórroga es fácil de decir: la certificación única, que se estrenó en 2015, prevé para los agentes de retención que paguen cantidades sujetas a retención sobre rendimientos del trabajo por cuenta ajena y asimilados, trabajos por cuenta propia, comisiones y otros ingresos, la obligación de presentar la devolución antes del 7 de marzo del siguiente período impositivo. En caso de presentación omitida o extemporánea, la sanción establecida por la ley es igual a 100 euros por cada certificación. No obstante, dadas las numerosas incertidumbres, la Administración tributaria ha considerado oportuno para el ejercicio en curso no aplicar sanciones en el caso de que las declaraciones que no hayan tenido incidencia en el precompilado 730 se remitan fuera del plazo previamente establecido y aclaran que la fecha límite para el envío de la certificación deberá coincidir con la presentación del 770 simplificado.

Así que en este punto, fecha la prórroga concedida para la transmisión del modelo 770/2015, también se aplaza al 21 de septiembre el envío de las citadas certificaciones únicas no enviadas en el primer plazo. 

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