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Maniobra, profesiones sanitarias sin título: aquí están las nuevas reglas

Esto es lo que prevé la modificación de la maniobra que pretende el Cinco Estrellas sobre las profesiones de la salud: Polémicas y acusaciones, pero el Ministerio de Salud se defiende.

Maniobra, profesiones sanitarias sin título: aquí están las nuevas reglas

La maniobra trae consigo importantes novedades para quienes ejercen profesiones de la salud. El numeral 283 bis de la Ley de Presupuesto deroga la ley aprobada por el Ejecutivo anterior y establece una exención de registro para quienes trabajen “sin habilitación”. La decisión, buscada por el Movimiento 5 Estrellas, ha desatado numerosas polémicas por parte de gremios que hablan de "absurdo total".

PROFESIONES DE LA SALUD: LO QUE PROPORCIONA LA ENMIENDA

Son muchos los que hablan, tras la modificación de la Maniobra aprobada el sábado por el Senado, de una amnistía real a favor de quienes ejercen la profesión ilegalmente.

La reforma establece que quienes hayan ejercido una profesión sanitaria durante al menos 36 meses en los últimos 10 años, aunque no de forma continuada, pueden continuar ejerciendo inscribiéndose hasta el 31 de diciembre de 2019 en una lista especial exhaustiva, que el Ministerio de Salute se constituirá en el plazo de 60 días mediante decreto especial, instituido en las Órdenes de técnicos sanitarios de radiología médica y de las profesiones técnicas sanitarias, rehabilitación y prevención.

La ley también establece que la inscripción en el registro especial "no dará derecho de pleno derecho a diferente clasificación contractual o salarial, progresión vertical o reconocimiento de funciones superiores".

De hecho, el párrafo 283 dice:

“sin perjuicio de la posibilidad de hacer uso de los procedimientos de reconocimiento de la equivalencia de las titulaciones del sistema anterior a los títulos de las profesiones sanitarias a que se refiere la ley de 1 de febrero de 2006 número 43, quienes ejerzan o tengan ejercieron una actividad profesional por cuenta ajena o autónoma, durante un período mínimo de 36 meses, incluso discontinuos, en los últimos 10 años pueden continuar ejerciendo las actividades profesionales previstas por el perfil de la profesión sanitaria de referencia, siempre que que se inscriban, antes del 31 de diciembre de 2019, en las listas especiales establecidas a las órdenes de técnicos sanitarios en radiología médica y de las profesiones técnicas sanitarias de rehabilitación y prevención”.

PROFESIONES SANITARIAS: LAS NORMAS ANTERIORES

El objeto de esta reforma es corregir lo dispuesto en la ley aprobada por el gobierno anterior que establecía el establecimiento de 17 nuevas órdenes profesionales en el campo de la salud, a las que todo operador tendría que inscribirse para ejercer la profesión.

El problema es que muchos trabajadores del sector, al carecer de título, no podían matricularse en estas órdenes. Con la disposición deseada por los 5 Estrellas, sin embargo, estos mismos trabajadores se unirán a la lista especial.

LAS PROFESIONES SANITARIAS EN CUESTIÓN

Las diversas profesiones afectadas incluyen, entre otras:

  • enfermeras,
  • obstetras,
  • técnicos de la salud,
  • logopedas,
  • fisioterapeuta.

LAS PROTESTAS

“Leemos la noticia de la amnistía con seria preocupación. Se corre el riesgo de crear una peligrosa brecha en un sistema que protege y garantiza ante todo la salud pública de los ciudadanos. Sistema que también representa una seguridad para otras profesiones de la salud. Pertenecer a un registro no es una simple inscripción, sino que significa tener que demostrar a nuestro sistema nacional, y por ende a toda la comunidad, que cuentas con una serie de requisitos: un curso de formación básica y de especialización en el sector de la salud, que has adquirido habilidades y, haber superado exámenes y pruebas”. Esta es la nota de la Federación Nacional de Órdenes de la Profesión de Partería que representa a más de 22.000 miembros en Italia.

Sin embargo, en Facebook, la Asociación Italiana de Fisioterapeutas escribe:

El Ministerio de Sanidad se defiende: "Son decenas de miles de personas que, tras la aprobación de la Ley 3 de 2018, aunque llevan varios años operando en el sector sanitario, no están en condiciones de inscribirse en un registro profesional como prescribe la nueva legislación. Hablamos principalmente de masajistas fisioterapeutas y educadores profesionales, pero también de otras categorías más limitadas. Entre ellos, algunos no participaron en los procedimientos convocados, en su momento, por las mismas Regiones para la equivalencia de títulos universitarios por no estar prevista su necesidad en el marco normativo de la época; otros se formaron a través de cursos organizados por las Regiones que no pueden ser reconocidos como válidos para la inscripción en los registros”.

 

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