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Maniobra 2017: la revolución de los Grupos de IVA

Es una de las novedades tributarias más significativas entre las contenidas en el proyecto de ley de Presupuestos - Ya no se pagará IVA en las transacciones "entre sujetos que participen en un mismo grupo" - Así funciona

La unión también hará la fuerza, pero ante todo ahorra dinero. Una de las innovaciones fiscales más importantes contenidas en la ley de Presupuesto (en discusión en la Cámara) es la posibilidad de establecer grupos de IVA a partir de 2018. Con esta ley, Italia implementa una institución prevista por una directiva de la UE de 2006 que en los últimos años ha sido adoptado por varios países. Veamos qué es.

DE GRUPO DE IVA A GRUPO DE IVA: ESTO ES LO QUE ESTÁ CAMBIANDO

En primer lugar, cuidado con los malentendidos: el nuevo grupo de IVA es muy diferente del grupo de IVA que ya existe. El segundo ahora permite que varias empresas paguen el impuesto juntas, pero establece que cada empresa siga siendo un sujeto pasivo separado. Es precisamente en este aspecto donde se produce el cambio más importante. Con la nueva legislación, de hecho, el grupo del IVA es un único sujeto pasivo, mientras que las sociedades que lo integran “pierden su subjetividad autónoma a efectos del Impuesto sobre el Valor Añadido”, tal y como recoge el borrador de la maniobra.

Esta diferencia tiene consecuencias prácticas muy importantes:

1) El impuesto ya no se paga por las transacciones "entre sujetos que participan en el mismo grupo de IVA", porque solo el grupo está obligado a "cumplir con las disposiciones sobre el IVA".

2) En consecuencia, las operaciones realizadas por un miembro del grupo se considerarán realizadas por el propio grupo; por el contrario, las operaciones realizadas respecto de uno de los miembros del grupo se consideran realizadas respecto del propio grupo.

QUIÉN PUEDE CREAR UN GRUPO DE IVA

Sólo pueden formar un grupo de IVA los sujetos que ejerzan negocios, artes o profesiones "establecidos en el territorio del Estado -continúa el proyecto- para los que existan determinadas limitaciones de carácter financiero, económico y organizativo". ¿Qué significa? Aquí está la explicación:

restricción financiera. Ocurre cuando un sujeto controla a otro, cuando es controlado por otro o cuando ambos son controlados por un tercero (que también puede tener su sede en el extranjero, siempre que sea dentro de la UE o en un país con el que Italia haya firmado un acuerdo de intercambio de información). ).

Restricción económica. Se produce cuando “al menos una de las siguientes formas de cooperación económica existe entre determinados sujetos pasivos establecidos en el territorio del Estado: a) realización de una actividad principal del mismo tipo; b) realización de actividades complementarias o interdependientes; c) realizar actividades que beneficien total o sustancialmente a uno o más de ellos”.

restricción organizativa. Ocurre “cuando existe coordinación entre los órganos decisorios de determinados sujetos, operada de derecho (…) o incluso meramente de hecho. La coordinación también puede realizarse a través de un tercero, vinculado económicamente a los sujetos considerados”.

Atención: si elige configurar un grupo de IVA, es obligatorio que todos los sujetos "para los que se aplican restricciones financieras, económicas y organizativas de forma conjunta". Además, si el vínculo financiero existe entre dos sujetos, el Estado asume que los vínculos económicos y organizacionales también existen. Si no, corresponde al contribuyente probarlo.

Finalmente, hay algunos sujetos que la ley prohíbe la constitución de grupos de IVA:
– los "establecimientos permanentes en el extranjero de personas que tengan su sede en Italia";
– sujetos "sujetos a quiebra, concurso de acreedores, liquidación administrativa obligatoria y administración extraordinaria de grandes empresas en crisis, sujetos puestos en liquidación ordinaria y sujetos cuya empresa sea objeto de embargo judicial". Naturalmente, si un sujeto controla varias empresas, la incautación de una sola de ellas impide que las demás participen también en un grupo de IVA.

CÓMO SE ESTABLECE UN GRUPO DE IVA

La ley de presupuestos delega en una disposición de la Agencia Tributaria la aprobación del modelo para la presentación de las declaraciones relativas al grupo IVA. En todo caso, la maniobra especifica a partir de ahora que la declaración se transmitirá por medios electrónicos y deberá contener la siguiente información: “La denominación del grupo de IVA, los datos identificativos del representante del grupo y de los sujetos participantes en el propio grupo, la certificación la existencia de vínculos financieros, económicos y organizativos entre estos sujetos, la actividad o actividades realizadas por el grupo de IVA, la elección del domicilio con el representante del grupo por cada sujeto participante en el mismo grupo, a efectos de notificación de documentos y disposiciones relativas a los períodos impositivos por los que se ejerce la opción (elección irrevocable hasta el final del período de caducidad de la acción de liquidación o imposición de las sanciones relativas al último año de vigencia de la opción) y la firma del representante del grupo y de los demás sujetos que pretendan participar en el grupo".

La constitución del grupo de IVA surte efectos desde el primer día del año siguiente al de la presentación de la declaración si ésta se produjo entre el 30 de enero y el 31 de septiembre. Sin embargo, en caso de presentación entre el 2018 de octubre y el 2019 de diciembre, la validez del grupo de IVA comienza a partir del primer día del segundo año siguiente a la declaración. En consecuencia, teniendo en cuenta que la normativa entrará en vigor en XNUMX, los primeros grupos de IVA nacerán como muy pronto en XNUMX. La ley también establece que cada grupo debe tener una duración mínima de tres años. Finalmente, la pertenencia al grupo extingue los efectos de todas las opciones de IVA ejercidas por cada persona, aunque no haya vencido el plazo mínimo de vigencia.

RESPONSABILIDADES

El sujeto que cumple las obligaciones y ejerce los derechos del grupo IVA es su representante. Por ley, esta función corresponde a la empresa matriz. Sin embargo, si el grupo involucra solo empresas "hermanas" (es decir, controladas por el mismo sujeto, que sin embargo no tiene su sede en Italia), el representante es el sujeto con la mayor facturación.

En todo caso, todos los sujetos que participen en el grupo de IVA “responsabilizan solidariamente con el representante -continúa el borrador de la maniobra- de las cantidades que devenguen en concepto de impuestos, intereses y sanciones derivadas de las actividades de liquidación y de control”. realizado por la Agencia Tributaria.

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