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¿La asamblea de condominio? El coronavirus enseña: hagámoslo online

Las videoconferencias en línea ahora están al alcance de todos. Adoptarlo para realizar montajes de condominios es una excelente idea. No solo en el momento de la pandemia que impide los contactos sociales directos.

¿La asamblea de condominio? El coronavirus enseña: hagámoslo online

¿Por qué no siempre y en todo caso adoptar la solución del montaje remoto en condominio, gracias a la videoconferencia ahora al alcance de todos? La difícil experiencia del Coronavirus ha obligado durante largas semanas a esta elección, las de la prohibición de reunirse tanto en lugares públicos como privados, pero las ventajas de las reuniones online son innegables y pueden simplificar bastante la vida de cada uno de nosotros.

El aislamiento forzoso nos ha empujado a un uso más extenso de la computadora personal e Internet. Los enlaces de video se han abierto camino y hemos descubierto que nada es tan difícil y que muchas veces puede valer la pena cambiar nuestros hábitos incluso después del final de la emergencia de Covid-19. La tecnología nos ayuda. Los sistemas para organizar una videoconferencia con relativa facilidad no faltan. Muy a menudo los encontramos ya instalados y listos en forma de App en nuestro PC o teléfono móvil.

En el caso de las asambleas de condominio, basta dotarse de los medios que muchas veces ya tenemos, con el conocimiento de las normas que hoy permiten el pleno uso de esta solución, aunque con algo de precaución. Sin pretender agotar el tema en unas pocas líneas, aquí van las respuestas a 10 preguntas fundamentales.

¿Es posible realizar la asamblea de condominio en línea?

Sí. La respuesta deriva de una serie de consideraciones, a partir de la aplicación analógica del contenido del art. 2370 compañía 4 cc al asunto del condominio (el ley de la compañía de hecho, permite la participación en la reunión por medio de telecomunicación), siempre que el Reglamento del Condominio no prohíba expresamente esta forma de reunión.

Tenemos que cambiar el reglamento de condominio?

No, a menos que la reunión en línea esté expresa o implícitamente prohibida.

¿Es necesario convocar la reunión en un lugar físico?

Según algunos sí, en opinión del escritor no. La regla que regula el aviso de convocatoria (art. 66 de las disposiciones del código civil) se refiere a la necesidad de indicar el lugar y la hora de la reunión, sin precisar nada respecto a que debe ser un lugar físico o "virtual". ".

¿Se puede convocar la reunión “también” en un lugar físico además de uno virtual?

En resumen sí, por las normas actualmente vigentes para reducir el contagio de COVID-19 no.

¿Qué pasa si uno o más condominios no tienen conexión a internet?

Todos los condominios deben poder participar, por lo que si alguien no tiene conexión a internet y/o teléfono inteligente, y no pretende cambiar su condición, solo resta hipotetizar la posibilidad de conexión "teléfono", o recurrir al instrumento de delegación.

¿Es necesario grabar la reunión?

No. Por el contrario, el registro acarrearía considerables complicaciones en términos de privacidad, debido a la necesidad de procesar y almacenar el registro de conformidad con el RGPD (Reglamento Europeo de Protección de Datos Personales).

¿Cómo se determina la identidad de las personas que intervienen en línea?

Exactamente como se asegura en la reunión de condominio tradicional. Si el Presidente no conoce personalmente a los asistentes, podrá solicitar la exhibición de un documento de identidad y eventualmente adquirir, también por vía electrónica, la representación escrita (cuando asista una persona delegada).

¿Cómo se registra el contenido de las resoluciones tomadas en línea?

Redactando actas escritas firmadas por el presidente y el secretario, exactamente como para las reuniones "tradicionales".

¿Cómo impugnar una resolución tomada durante una reunión en línea?

Con los métodos tradicionales, en los términos y efectos del art. 1137 del Código Civil.

Una vez superada la emergencia del COVID-19, ¿podemos volver a las asambleas tradicionales?

Seguro que sí, pero la asamblea online representa el presente y el futuro. Ya no tendrás que salir de tu casa para ir a las reuniones de condominio, a menos que así lo desees.

Finalmente, recordando cómo las respuestas brindadas a las diez preguntas anteriores son el resultado de consideraciones jurídicas mucho más complejas y articuladas, expresadas sobre todo en ausencia de jurisprudencia relevante y/o legítima, se recomienda proceder a la convocatoria de las reuniones en línea. con el soporte de consultor abogados especializados en materia condominal, para reducir el riesgo de compresión de los derechos de los condóminos así como la impugnación de resoluciones.

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