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¿Son las Regiones con Estatutos Especiales un modelo de autonomía diferenciada? No, para el Observatorio del IPC: por eso

El proyecto de ley Calderoli parece tomar a las Regiones con Estatutos Especiales como modelo de autonomía diferenciada, pero según el Observatorio de Cuentas Públicas de Italia (Cpi) podría ser un gran error

¿Son las Regiones con Estatutos Especiales un modelo de autonomía diferenciada? No, para el Observatorio del IPC: por eso

Valle d'Aosta/ Trentino-Alto Adige/Südtirol, Friuli Venezia Giulia, Sicilia y Cerdeña son los Regiones con Estatuto Especial introducido inmediatamente después de la guerra. Y es precisamente a partir del modelo de Estatuto Especial que el proyecto de ley sobre laautonomía diferenciada aprobado por el consejo de ministros. L'Observatorio de Cuentas Públicas Italianas guiado por giampaolo galli surge una pregunta sencilla: "¿es una buena idea?" Según los expertos del IPC, la respuesta es no", por dos tipos de razones: “la grande complejidad en la gestión administrativa público en el territorio nacional que resultaría y para el sistema de financiación asumido para funciones delegadas, basadas en asociaciones a tasas predeterminadas sobre grandes impuestos nacionales. Esto beneficiaría a las regiones con mayor dinámica de bases imponibles en detrimento de la comunidad nacional, obligando al Estado a perseguir con recursos extras los desajustes que así se puedan generar”, se lee en el informe. 

Las características del Estatuto Especial

Las regiones con estatutos especiales pueden ser consideradas a su manera una forma de autonomía diferenciada conforme a lo dispuesto por el artículo 116 de la Constitución. A diferencia de las Regiones de estatuto ordinario, cuyas competencias son uniformes en todo el territorio nacional, la atribución de recursos y competencias a cada RSS se rige por sus propias estatuto, que tiene valor constitucional, en constante dialéctica con el Estado.

En particular, cada estatuto contiene las listas de materias sobre las cuales las "regiones especiales" individuales y las provincias autónomas pueden ejercer poder legislativo y administrativo y también especifica los temas para los cuales la autoridad local tiene poder legislativo exclusivo y aquellos para los que el poder es sólo integrador En el primer caso, por ejemplo sobre la organización de los entes locales y sobre la administración del territorio, las Regiones y las Provincias autónomas pueden legislar de manera autónoma, en el segundo (un ejemplo podría ser la educación) en cambio solo pueden adaptar y/o integrar las leyes estatales para hacerlas más consistentes con las necesidades y características del área. 

“Sin embargo, es necesario distinguir cuidadosamente entre las materias que el estatuto atribuye a las facultades legislativas de las distintas RSS e lo que realmente hacen, es decir, las funciones autonómicas que entonces se activaban efectivamente en las distintas materias”, subraya el observatorio del CPI, según el cual los estatutos pueden ser considerados como el conjunto de todas las materias para las que se reconoce a la RSS un cierto grado de autonomía, pero esta El proceso se hace efectivo siempre y cuando las RSS expidan leyes, de acuerdo con el Estado central, para activar una o más funciones comprendidas en las materias estatutarias. Con la misma autonomía formal garantizada por el estatuto, la realidad puede ser, por tanto, muy distinta.

Cómo se financian y cómo se gastan las Regiones con Estatutos Especiales 

La característica principal del sistema de financiación de las Regiones Estatutarias Especiales es la de basarse en participación en los ingresos de los impuestos estatales recaudados o devengados en sus territorios. De hecho, estas regiones retienen parte de la recaudación de los principales impuestos nacionales recogidos en sus propios territorios. Cada territorio con un estatuto especial tiene una asociación diferente: que va desde el 100% del Valle de Aosta hasta el 90% del Trentino-Alto Adigio a tasas progresivamente más bajas ya su vez diferenciadas para los demás. 

La diferente atribución “refleja la atribución original de competencias imaginada para las distintas RSS y la situación de sus economías en el momento de la estipulación de sus estatutos”, explican los expertos. El hecho de que la situación económica de estas regiones haya cambiado a lo largo de los años también explica la diferente activación de las funciones. Por ejemplo, el PIB per cápita de Trentino Alto Adige, sustancialmente en línea con la nacional de 1951, pasó a ser un 2018% superior en 44; viceversa, para Sicilia, el PIB per cápita regional era el 58% del nacional en 1951 y se mantuvo así en 2018. "Dado que los ingresos fiscales siguen sustancialmente al PIB, la abundancia de recursos garantizados por las asociaciones ha permitido a la Provincia Autónoma de Trento absorber cada vez más poderes estatales, mientras que el bajo crecimiento de Sicilia lo ha obligado a permanecer fuertemente dependiente del Estado, renunciando a activar muchas de las facultades previstas en su estatuto”.

En este contexto, cabe añadir que a partir de 2012, incluso las Regiones con Estatutos Especiales están obligadas a respetar pactos de estabilidad interna y contribuir a las finanzas públicas ya los objetivos de reducción de la deuda. 

Pasar de la financiación a gastos, el Observatorio del IPC utiliza como base la base de datos de las Cuentas Públicas Territoriales. En cifras, a excepción de Lazio, el gasto medio total de todas las administraciones públicas en términos per cápita en las Regiones de Estatuto Ordinario asciende a Euro 14.400. El gasto per cápita de Sicilia y Cerdeña es similar, mientras que para las dos regiones con estatuto especial en el norte y las dos provincias autónomas, en cambio, el 18.000 euros per cápita. ¿Por qué? “La impresión general es que en el paso de una función del Estado a las acaudaladas RSS del norte, estas han aprovechado sus abundantes recursos para ofrecery más servicios a sus ciudadanos, gastando más por las funciones delegadas que el Estado central por los mismos servicios en los territorios de las RSO”, se lee en el informe.

¿Es el Estatuto Especial un modelo de autonomía diferenciada?

Según el Observatorio de Cuentas Públicas de Italia, sería mejor intentar no utilizar el modelo del Estatuto Especial para la "nueva" autonomía diferenciada. Por dos razones: La primera es “para la gran complejidad que la presencia de cinco Regiones con estatuto especial, cada una caracterizada por un conjunto diferente de funciones y recursos, ha supuesto para la gestión de la administración pública en el territorio de dichas Regiones”. “El mecanismo actual, con el Estado primero atribuyéndole compartir generosamente a las RSS y luego las elimina parcialmente con fines de solidaridad nacional, aunque comprensible a la luz de la rigidez de los estatutos, aparece cuando menos singular”, agregan los expertos.

Por lo tanto, el riesgo es que, en un futuro cercano, la implementación del proyecto de ley Calderoli transforme todos Regiones con Estatuto Ordinario en Regiones con Estatuto Especial, cada uno de los cuales con funciones y recursos diferentes, dando lugar a un caos nacional que podría dificultar la vida de empresas y ciudadanos que se verán llamados a enfrentar 21 legislaciones autonómicas diferentes en las mismas funciones.

La segunda razón tiene que ver con la sistema de financiación. Las cuotas se establecieron por primera vez en RSS Comparte a los impuestos estatales y luego, dependiendo de cómo evolucionaran los recursos derivados de estas participaciones, se decidía, mediante negociación con el Estado, cuáles funciones estos recursos debían cubrir. Así, en las RSS donde la dinámica de las bases imponibles ha sido especialmente animada, las RSS han ido adquiriendo paulatinamente nuevas competencias, mientras que en las demás ha intervenido el Estado nacional para garantizar los recursos necesarios para financiar los servicios en cualquier caso.

“Nuestras cuentas – dice el informe – sugieren que es al menos probable que los recursos dejados a estos territorios a través de las asociaciones hayan sido en general mayor de lo que hubiera sido necesario para financiar los servicios prestados. Y si esta "generosidad" es sostenible para el presupuesto público mientras estemos hablando de realidades muy pequeñas, es poco probable que lo sea si el mismo proceso en cuestión las grandes regiones del norte del país, donde se concentra gran parte de la base imponible de los impuestos nacionales”. Lo que preocupa a los expertos es, por tanto, que el proyecto de ley Calderoli "parece prefigurar un proceso de financiación de las funciones delegadas a las regiones completamente similar al descrito anteriormente para la RSS... Pero obviamente no puede funcionar así: es un claro ganar-ganar para las regiones, pero corre el riesgo de ser un perdedor para el Estado y el resto de la comunidad nacional, obligados a persiguiendo desequilibrios con recursos adicionales que así se puede generar. No nos parece un modelo sostenible”, concluyen.

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