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La reforma de la Constitución en 10 puntos

REFORMA A LA CONSTITUCIÓN, FICHA INFORMATIVA - Cómo cambia el Senado: funciones y composición - Nuevos métodos para elegir al Presidente de la República y a los miembros de la Corte Constitucional - Adiós a las Provincias y al Cnel - Qué cambia para las leyes de iniciativa popular y referéndums - Nuevo división de responsabilidades entre el Estado y las Regiones – Votar en una fecha determinada

La reforma de la Constitución en 10 puntos
El martes 13 de octubre, la Cámara de Palazzo Madama aprobó en tercera lectura el proyecto de ley Boschi, que prevé la reforma de la Constitución en relación con el Senado y el Título V sobre las autoridades locales. Hubo 179 votos a favor, 16 en contra y siete abstenciones. Forza Italia no participó en la votación (pese a haber aprobado el texto en primera lectura). Eligieron el Aventino Sel, Lega y Movimento 5 Stelle.
Esto cierra otra ronda, pero el partido aún es largo. El proyecto de Boschi deberá ser aprobado nuevamente por ambas cámaras, luego será examinado por el referéndum popular y finalmente por la Consulta. La conversión definitiva en ley, en consecuencia, no puede llegar antes de 2017. 
 
1) ¿CUÁLES SERÁN LAS FUNCIONES DEL NUEVO SENADO?
El nuevo artículo 55 de la Constitución sanciona el fin del perfecto sistema bicameral que ha acompañado a Italia desde el nacimiento de la República. La noticia es diferente. En particular, el nuevo Senado
– no votará por la confianza en el Gobierno;
– no aprobará leyes ordinarias: si se solicita, 1/3 de los miembros podrá examinar y proponer cambios a los textos aprobados por la Cámara, que será libre de aceptar o ignorar las indicaciones de Palazzo Madama (solo en términos de competencias legislativas de las Regiones y leyes de presupuesto de Montecitorio deberán expresarse con mayoría absoluta para no tener en cuenta los cambios deseados por el Senado);
– no se pronunciará sobre el estado de guerra (que deberá ser deliberado únicamente por la Cámara, aunque sea por mayoría absoluta), ni sobre las leyes de amnistía e indulto o sobre las que traspongan los tratados internacionales (salvo que la adhesión sea en juego de Italia a la Unión Europea);
– aprobar leyes de revisión constitucional, referéndums populares, textos sobre la organización de los Municipios, leyes para la implementación de los reglamentos de la UE y los casos de incompatibilidad o inelegibilidad de los senadores;
– tendrá que votar sólo las leyes relativas a las competencias regionales: en los demás casos, si no expresa su opinión dentro de 10 o 15 días (el plazo varía según los temas), las disposiciones entrarán en vigor;  
– Expresará opiniones sobre los nombramientos de la competencia del Gobierno y mantendrá la función de enlace entre el Estado, los entes locales y la Unión Europea. 

2) ¿DE QUÉ SE COMPONERÁ EL NUEVO SENADO?
La reforma prevé que el nuevo Senado estará compuesto por 100 miembros (frente a los 321 actuales), de los cuales 95 serán elegidos por las Regiones (21 serán alcaldes) y 5 por el Presidente de la República.  

3) ¿CÓMO SERÁN ELEGIDOS LOS SENADORES?
El texto solo especifica que los consejos regionales eligen a los consejeros "de acuerdo con las elecciones expresadas por los votantes". El compromiso político laboriosamente logrado prevé que los electores, al votar para las elecciones autonómicas, expresen también una preferencia sobre los concejales que serán enviados al Senado, aun cuando el Consejo les encomiende formalmente la tarea. Sin embargo, la legislación que regula precisamente la elección de nuevos senadores queda aplazada a una ley electoral que la Cámara y el Senado deberán aprobar más adelante. 

4) OTRAS NOTICIAS SOBRE EL SENADO
– El Presidente de la República ya no podrá disolver el Senado, sino sólo la Cámara;
– el Portavoz de la Cámara reemplazará al Portavoz del Senado en el papel de segundo cargo estatal;
– no habrá límite de edad para convertirse en senadores (hoy debe tener al menos 40 años); 
– los senadores elegidos en la circunscripción extranjera desaparecerán; 
– los nuevos miembros del Palazzo Madama no recibirán ninguna compensación por el papel de senador (pero el texto no menciona reembolsos de gastos);
– solo los ex Jefes de Estado serán senadores vitalicios (pero obviamente la regla no es retroactiva: los senadores vitalicios actualmente en ejercicio mantendrán sus escaños);
- Los Senadores designados por el Presidente de la República durarán en su cargo 7 años y no podrán ser reelegidos.

5) ¿CÓMO SERÁ ELEGIDO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA?
Basta de 59 delegados regionales: en la votación sólo participarán diputados y senadores. Para las tres primeras votaciones, el quórum se mantendrá invariable (mayoría cualificada de dos tercios, 66%), mientras que de la cuarta a la sexta votaciones el listón subirá hasta el 60% (tres quintos), frente a la mayoría absoluta exigida hoy. También a partir de la sexta votación se necesitará un quórum de tres quintos, siendo actualmente suficiente la mayoría de los derechohabientes. 

6) ¿CÓMO SERÁN ELEGIDOS LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?
De los 5 jueces de la Consulta, 3 serán elegidos por la Cámara y 2 por el Senado (hoy, sin embargo, todos son elegidos en sesión conjunta). 

7) ¿QUÉ SERÁN LAS PROVINCIAS Y EL CNEL?
La reforma Boschi suprime definitivamente las provincias y el Consejo Nacional de Economía y Trabajo (órgano de importancia constitucional que hoy tiene derecho de iniciativa). 

8) ¿QUÉ CAMBIARÁ PARA LAS LEYES DE INICIATIVA POPULAR Y LOS REFERENDUMS?
El número de firmas necesarias para presentar una ley de iniciativa popular sube de 50 a 150, pero por primera vez se garantiza que estas propuestas serán discutidas y votadas. En cuanto al quórum de los referéndums derogatorios, normalmente se mantiene en el 50% de los derechohabientes, pero baja al 50% de los electores en las últimas elecciones si la consulta ha sido solicitada por al menos 800 electores. Surgen entonces los referéndums propositivos y de dirección, que deberán ser regulados por una ley constitucional y otra ordinaria.

9) ¿CÓMO SE DIVIDIRÁ LAS COMPETENCIAS LEGISLATIVAS DEL ESTADO DE LAS DE LAS REGIONES?
El nuevo artículo 117 transfiere al Estado únicamente algunas competencias legislativas hasta ahora compartidas con las Regiones (por ejemplo en materia de patrimonio cultural, turismo, grandes infraestructuras de interés nacional, seguridad en el trabajo, seguridad social complementaria y complementaria, competencia y mercados de seguros). En algunos temas, en cambio, el Estado seguirá ocupándose de la legislación de principio, dejando las específicas a las Regiones (por ejemplo en materia de seguridad, educación, políticas sociales y protección de la salud).

10) ¿QUÉ ES "VOTAR EN UNA FECHA DETERMINADA"?
En caso de que un proyecto de ley se considere "esencial para la ejecución del programa de gobierno", el Ejecutivo podrá solicitar su "votación en una fecha determinada". La Sala deberá pronunciarse sobre la solicitud en el plazo de 5 días. Si lo acepta, tendrá otros 70 días para concluir la discusión y votación (plazo prorrogable hasta un máximo de 15 días). Este procedimiento no se aplica a las leyes de competencia del Senado, las leyes de presupuesto, las leyes electorales, las leyes de ratificación de tratados internacionales y las de amnistía e indulto.
El martes 13 de octubre, la Cámara de Palazzo Madama aprobó en tercera lectura el proyecto de ley Boschi, que prevé la reforma de la Constitución en relación con el Senado y el Título V sobre las autoridades locales. Hubo 179 votos a favor, 16 en contra y siete abstenciones. Forza Italia no participó en la votación (pese a haber aprobado el texto en primera lectura). Eligieron el Aventino Sel, Lega y Movimento 5 Stelle.

Esto cierra otra ronda, pero el partido aún es largo. El proyecto de Boschi deberá ser aprobado nuevamente por ambas cámaras, luego será examinado por el referéndum popular y finalmente por la Consulta. La conversión definitiva en ley, en consecuencia, no puede llegar antes de 2017.

1) ¿CUÁLES SERÁN LAS FUNCIONES DEL NUEVO SENADO?

El nuevo artículo 55 de la Constitución sanciona el fin del perfecto sistema bicameral que ha acompañado a Italia desde el nacimiento de la República. La noticia es diferente. En particular, el nuevo Senado

– no votará por la confianza en el Gobierno;

– no aprobará leyes ordinarias: si se solicita, 1/3 de los miembros podrá examinar y proponer cambios a los textos aprobados por la Cámara, que será libre de aceptar o ignorar las indicaciones de Palazzo Madama (solo en términos de competencias legislativas de las Regiones y leyes de presupuesto de Montecitorio deberán expresarse con mayoría absoluta para no tener en cuenta los cambios deseados por el Senado);

– no se pronunciará sobre el estado de guerra (que deberá ser deliberado únicamente por la Cámara, aunque sea por mayoría absoluta), ni sobre las leyes de amnistía e indulto o sobre las que traspongan los tratados internacionales (salvo que la adhesión sea en juego de Italia a la Unión Europea);

– aprobar leyes de revisión constitucional, referéndums populares, textos sobre la organización de los Municipios, leyes para la implementación de los reglamentos de la UE y los casos de incompatibilidad o inelegibilidad de los senadores;

– tendrá que votar sólo las leyes relativas a las competencias regionales: en los demás casos, si no expresa su opinión dentro de 10 o 15 días (el plazo varía según los temas), las disposiciones entrarán en vigor;  

– Expresará opiniones sobre los nombramientos de la competencia del Gobierno y mantendrá la función de enlace entre el Estado, los entes locales y la Unión Europea.

2) ¿DE QUÉ SE COMPONERÁ EL NUEVO SENADO?

La reforma prevé que el nuevo Senado estará compuesto por 100 miembros (frente a los 321 actuales), de los cuales 95 serán elegidos por las Regiones (21 serán alcaldes) y 5 por el Presidente de la República.  

3) ¿CÓMO SERÁN ELEGIDOS LOS SENADORES?

El texto solo especifica que los consejos regionales eligen a los consejeros "de acuerdo con las elecciones expresadas por los votantes". La legislación que regula con precisión la elección de nuevos senadores queda, por tanto, aplazada a una ley electoral que la Cámara y el Senado deberán aprobar más adelante.

4) OTRAS NOTICIAS SOBRE EL SENADO

– El Presidente de la República ya no podrá disolver el Senado, sino sólo la Cámara;

– el Portavoz de la Cámara reemplazará al Portavoz del Senado en el papel de segundo cargo estatal;

– no habrá límite de edad para convertirse en senadores (hoy debe tener al menos 40 años);

– los senadores elegidos en la circunscripción extranjera desaparecerán;

– los nuevos miembros del Palazzo Madama no recibirán ninguna compensación por el papel de senador (pero el texto no menciona reembolsos de gastos);

– solo los ex Jefes de Estado serán senadores vitalicios (pero obviamente la regla no es retroactiva: los senadores vitalicios actualmente en ejercicio mantendrán sus escaños);

- Los Senadores designados por el Presidente de la República durarán en su cargo 7 años y no podrán ser reelegidos.

5) ¿CÓMO SERÁ ELEGIDO EL PRESIDENTE DE LA REPÚBLICA?

Basta de 59 delegados regionales: en la votación sólo participarán diputados y senadores. Para las tres primeras votaciones, el quórum se mantendrá invariable (mayoría cualificada de dos tercios, 66%), mientras que de la cuarta a la sexta votaciones el listón subirá hasta el 60% (tres quintos), frente a la mayoría absoluta exigida hoy. También a partir de la sexta votación se necesitará un quórum de tres quintos, siendo actualmente suficiente la mayoría de los derechohabientes.

6) ¿CÓMO SERÁN ELEGIDOS LOS MIEMBROS DEL TRIBUNAL CONSTITUCIONAL?

De los 5 jueces de la Consulta, 3 serán elegidos por la Cámara y 2 por el Senado (hoy, sin embargo, todos son elegidos en sesión conjunta).

7) ¿QUÉ SERÁN LAS PROVINCIAS Y EL CNEL?

La reforma Boschi suprime definitivamente las provincias y el Consejo Nacional de Economía y Trabajo (órgano de importancia constitucional que hoy tiene derecho de iniciativa).

8) ¿QUÉ CAMBIARÁ PARA LAS LEYES DE INICIATIVA POPULAR Y LOS REFERENDUMS?

El número de firmas necesarias para presentar una ley de iniciativa popular sube de 50 a 150, pero por primera vez se garantiza que estas propuestas serán discutidas y votadas. En cuanto al quórum de los referéndums derogatorios, normalmente se mantiene en el 50% de los derechohabientes, pero baja al 50% de los electores en las últimas elecciones si la consulta ha sido solicitada por al menos 800 electores. Surgen entonces los referéndums propositivos y de dirección, que deberán ser regulados por una ley constitucional y otra ordinaria.

9) ¿CÓMO SE DIVIDIRÁ LAS COMPETENCIAS LEGISLATIVAS DEL ESTADO DE LAS DE LAS REGIONES?

El nuevo artículo 117 transfiere al Estado únicamente algunas competencias legislativas hasta ahora compartidas con las Regiones (por ejemplo en materia de patrimonio cultural, turismo, seguridad en el trabajo, seguridad social complementaria y complementaria, competencia y mercado asegurador). En algunos temas, en cambio, el Estado seguirá ocupándose de la legislación de principio, dejando las específicas a las Regiones (por ejemplo en materia de seguridad, educación, políticas sociales y protección de la salud).

10) ¿QUÉ ES "VOTAR EN UNA FECHA DETERMINADA"?

En caso de que un proyecto de ley se considere "esencial para la ejecución del programa de gobierno", el Ejecutivo podrá solicitar su "votación en una fecha determinada". La Sala deberá pronunciarse sobre la solicitud en el plazo de 5 días. Si lo acepta, tendrá otros 70 días para concluir la discusión y votación (plazo prorrogable hasta un máximo de 15 días). Este procedimiento no se aplica a las leyes de competencia del Senado, las leyes de presupuesto, las leyes electorales, las leyes de ratificación de tratados internacionales y las de amnistía e indulto.

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