La huelga general del 11 de abril provocó una polémica entre Maurizio Landini y Luigi Sbarra. El secretario de la CGIL - refiriéndose a la tragedia de la central hidroeléctrica de Enel en el lago Suviana - quiso subrayar que la CISL no invitó a los trabajadores a abstenerse de trabajar a pesar de que se habían añadido otras muertes en el trabajo, sólo una unas horas antes, a la larga lista de cruces. Los hechos resultaron diferentes. En primer lugar, la huelga del 11 de abril fue proclamada por la CGIL y la UIL como punto de partida de la campaña de agitación de primavera por una serie de motivos, entre ellos la seguridad en el trabajo. Por lo tanto, se aprovechó el accidente de la central eléctrica para proporcionar una motivación adicional para la huelga. La CISL no se había sumado a esta iniciativa, lo que la había incluido en el ámbito de las "huelgas compulsivas", que desde hace algún tiempo han transformado el uso de la forma más significativa de abstención del trabajo en un ritual, que recuerda a las batallas sindicales históricas. La CISL, sin embargo, no se quedó sorda e inmóvil ante la necesidad de dar una respuesta inmediata de protesta a la última masacre, en la que el número de víctimas fue igual al del Thyssenkrupp de Turín: un acontecimiento que despertó gran emoción e indignación entre opinión pública. De hecho, la Confederación de Via Po había proclamado una huelga en Enel y en la provincia de Bolonia para dar una señal selectiva de protesta, en la mejor tradición sindical, ante un acontecimiento concreto que no merecía pasar de contrabando al alboroto de la una huelga decidida en la mesa de dibujo unas semanas antes. Además, la catástrofe de la obra de Esselunga en Florencia también recibió una respuesta unida. Sin embargo, está cada vez más claro que recurrir a la abstención del trabajo constituye una admisión de impotencia. Se recurre a la huelga porque es la forma de salvar la conciencia y justificarse por no poder resolver el problema de la seguridad en el trabajo que, más allá de los aspectos humanos, constituye una obligación fundamental del empleador en el contexto de la relación laboral. Incluso los gobiernos y el Parlamento, ante la repetición de tragedias cada vez más recurrentes, añaden nuevas normas a la legislación existente (muy exhaustiva en sí misma) sin preguntarse por qué, si las nuevas disposiciones se consideran útiles, no se adoptaron antes. Mientras la CGIL y la CISL estaban en huelga (la única novedad fue el día elegido para la abstención: un jueves en lugar del viernes habitual), la conversión en ley de un decreto (n.19/2024) lanzado por el gobierno al mismo tiempo El tiempo estaba en marcha después de la masacre de Florencia. Estos son los cambios más importantes
1. La “Lista de Cumplimiento del INL”.
Se trata de la posibilidad de que el empleador que cumple las inspecciones relativas a la legislación laboral y social, incluida la protección de la salud y la seguridad en el lugar de trabajo, sea inscrito en una lista informatizada específica.o (consultable públicamente en el sitio web del INL) para certificar la inexistencia de violaciones o irregularidades. Los efectos que se derivan de esta certificación tienen una duración de 12 meses a partir de la fecha de registro y, durante este período, los empleadores virtuosos no estarán sujetos. a controles adicionales por parte del INL.
2- La adecuación de la incidencia de la mano de obra en los contratos de construcción.
Se introduce la carga de verificar la adecuación de la incidencia de la mano de obra en los contratos públicos y privados para la ejecución de obras de construcción. Se prevén normas diferentes para los contratos públicos y privados.
3 – Sistema de cualificación para empresas y trabajadores autónomos mediante la "licencia por puntos".
La disposición introduce una compleja regulación mediante la cual la licencia por puntos (en base a 30 créditos totales) será expedida, en formato digital, por la sede territorial competente de la Inspección Nacional del Trabajo. Los sindicatos se quejan de que por ahora la licencia se limita al sector de la construcción.
4 – Con el mismo objetivo de protección de los trabajadores, se modifica el artículo 29 del Decreto Legislativo 276/2003, introduciendo la obligación de los contratistas y subcontratistas de reconocer la El personal disfruta de un trato económico no inferior al previsto en los convenios colectivos.i cuya aplicación sea mayoritaria en la zona y sector objeto del contrato. Esto estaba previsto en el texto inicial que luego fue modificado mediante referencia a los contratos estipulados por las organizaciones sindicales comparativamente más representativas. No sabemos si el Gobierno, al introducir este cambio en una enmienda, se dio cuenta de que la nueva definición afecta también a lo previsto en la delegación (de la que se han perdido vestigios) sobre el salario justo, donde se respeta el tratamiento mínimo global establecido en el contratos más utilizados está prácticamente ampliado erga omnes. Surgirá el problema de uniformar los criterios de calificación e identificación de los contratos a aplicar.
5- La cuestión de los contratos y subcontratos: es la principal preocupación de Maurizio Landini, que atribuye la principal causa de los accidentes a los llamados contratos en cascada (los derechos de autor son suyos). El secretario de la CGIL no está interesado tanto en resolver los problemas sino más bien en culpar a la búsqueda de beneficios del cliente/contratista (que para él es estiércol del diablo) también de los incumplimientos de las empresas contratistas. Dejamos que el economista responda a Landini, Carlo Alberto Carnevale Maffè quien en una entrevista en Formiche afirma: "Las adquisiciones para obras de infraestructura, si se realizan de conformidad con la ley, no sólo son una práctica legítima, sino que en ciertos casos son indispensables para garantizar la flexibilidad organizacional, la presencia en el territorio relevante y el acceso a especialistas" (como los del equipo que intervenía en la central eléctrica en el momento de la explosión en Suviana). Para el economista, entonces, las compras “constituyen un componente importante del mercado para las pequeñas y medianas empresas locales. Quien pretenda asumir inmediatamente la responsabilidad en caso de accidente, sin esperar una investigación rigurosa, viola los principios de garantismo y causa daños injustificados al sistema económico nacional". Entonces –añadimos modestamente– la libertad de empresa no puede protegerse. En el Vulgata De Landini existe la demanda de un nuevo tipo de empresa en la que existan, quizás con relaciones laborales sólo permanentes, todo el personal al que se pueda recurrir para llevar a cabo sus actividades cuando surja el problema relacionado con dichas tareas. Esta predicación –normalmente no cuestionada por sus interlocutores en entrevistas recurrentes– me trajo a la memoria un pasaje que me llamó la atención al leer el ensayo:'La nueva geografía del trabajo'' de Enrico Moretti, donde se describió el proceso de producción del iPhone. La única fase de producción realizada en Estados Unidos fue la de planificación, diseño, desarrollo de software y hardware. Apple, sin embargo, ganó 321 dólares por cada iPhone vendido, el 65% del total. Los componentes electrónicos (634) se produjeron en Singapur y Taiwán, mientras que el montaje (muy laborioso) se realizó en China continental, en una fábrica completamente autosuficiente con 400 empleados en las afueras de Shenzhen (''más que una fábrica - escribió Moretti – parece una ciudad''). ¿Será ésta la nueva apuesta en la que está pensando Landini?