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Inversiones en seguros: Ivass y Consob aumentan la protección

Las dos Autoridades han lanzado una serie de cambios regulatorios para homogeneizar las reglas sobre la distribución de productos de inversión de seguros - Aquí están los principales cambios

Inversiones en seguros: Ivass y Consob aumentan la protección

Ivas e Consob estandarizar las reglas sobre la distribución de los llamados IBIP, y productos de inversión de seguros, es decir, pólizas de vida revaluables Clase I vinculadas a gestión separada, pólizas unidad vinculada e indexado Pólizas de capitalización Clase III, Clase V y productos multiclase.  

Así es como viene corrigió una asimetría del mercado italiano, que hasta ahora ha previsto diferentes reglas para estos productos según el canal de distribución (bancario, postal o de seguros).

La única distinción importante que sobrevive es la que existe entre las autoridades de control: Consob continuará monitoreando los productos vendidos por bancos, oficinas de correos e intermediarios financieros, mientras Ivas sobre los colocados por las compañías de seguros, agentes, corredores y sus colaboradores.

Entre las novedades, la más relevante es que los emisores deberán definir dos mercados de referencia para cada producto: uno positiva (es decir, los clientes a los que está destinado el producto individual) y uno negativo (es decir, el tipo de clientes a los que no se debe ofrecer el producto por no ser adecuado).

De esta forma -explican fuentes de IVASS- la protección al consumidor ya se adelantará a la fase de concepción y diseño del producto. Pero no sólo eso, porque los emisores también tendrán que verificar que los distribuidores solo vendan productos al tipo de clientes a los que están destinados.

Además, las nuevas reglas estipulan que el asesoramiento financiero, cuando sea obligatorio, deberá prestarse de forma gratuita. La regla no se aplica a los productos de inversión "no complejos" -aquellos que no exponen al cliente al riesgo de perder el capital invertido, como las pólizas de la Rama I- porque en estos casos la asesoría no es obligatoria.  

Las nuevas disposiciones entrarán en vigor la Marcha 31 2021. En detalle, Consob ha introducido algunas modificaciones en el Reglamento de Intermediarios, mientras que IVASS ha intervenido en los Reglamentos 40/2018 y 41/2018 y ha publicado el nuevo Reglamento Pog (supervisión y gobernanza de productos) sobre la gobernanza y el control de todos los productos de seguros, incluidos los IBIP.

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