comparte

Inps, visitas fiscales 2018: horarios y nuevas reglas. ¿Qué cambia a partir del 13 de enero?

A partir del 13 de enero entra en vigor la Dpcm sobre visitas fiscales - Se esperan cambios importantes tanto para empleados públicos como privados - Aquí una breve guía sobre las normas previstas para 2018

Inps, visitas fiscales 2018: horarios y nuevas reglas. ¿Qué cambia a partir del 13 de enero?

Año que vas, visitas fiscales que encuentras. A estas alturas parece haberse convertido en una ficción: de año en año cambian algunas reglas sobre las visitas fiscales, otras se quedan como están, otras deberían haber sido modificadas, pero sorprendentemente se han mantenido igual.

Con el resultado de que también en 2018 los empleados públicos y privados no saben exactamente cómo organizarse en caso de ausencia del lugar de trabajo. ¿En qué casos viene el médico? ¿Cuáles son los horarios de disponibilidad para las visitas fiscales? ¿Cuáles son las obligaciones y las posibles sanciones?

Esto es lo que necesita saber.

VISITAS FISCALES 2018: TIEMPOS DE DISPONIBILIDAD

Recuerda los anuncios a bombo y platillo que llegaron en 2017 en relación con las bandas de disponibilidad y la equiparación entre empleados públicos y privados despues de todo pasar los poderes del INPS? Si la respuesta es sí, olvídalos.

El 29 de diciembre se aprobó un decreto que entrará en vigor el próximo enero 13 que, si bien prevé cambios importantes en varios aspectos, deja totalmente los tiempos de disponibilidad se mantienen sin cambios entre empleados públicos y privados.

En pocas palabras, el primero deberá permanecer en casa durante 7 horas, el segundo "solo durante 4". La ansiada igualación, de hecho, no está contemplada en el texto publicado en el Boletín Oficial, a pesar de que fue considerada uno de los pilares de la reforma de la AP registrada por Marianna Madia.

Sin embargo, hay una explicación: en base a lo manifestado por el ministerio competente, la equiparación habría supuesto una reducción de las franjas horarias de los trabajadores estatales y por tanto "una menor incisividad de la regulación de los controles".

Motivaciones que, sin embargo, no convencieron al número uno del INPS, Tito Boeri, impulsor de la igualación: “La falta de armonización – dijo Boeri a Ansa – hace más difícil lograr esas economías de escala que subyacen en la elección de un solo polo. Si hay dos empleados enfermos, uno público y otro privado, en un pueblo pequeño, para reducir los costos unitarios de los cheques, uno puede verse obligado a dejar de visitar tanto a uno como al otro".

VISITAS FISCALES PARA EMPLEADOS PÚBLICOS: HORARIOS DE DISPONIBILIDAD

En virtud de lo dispuesto en el decreto que entrará en vigor el próximo 13 de enero, por tanto, los empleados de las Administraciones Públicas que se ausenten del centro de trabajo por enfermedad, tal como se ha mencionado, deberán permanecer en su domicilio durante siguientes rangos de disponibilidad:

  • de 9.00 a 13.00 horas,
  • pm en 15.00 18.00.

VISITAS FISCALES PARA EMPLEADOS PARTICULARES: HORARIOS DE DISPONIBILIDAD

Los tiempos de disponibilidad de los empleados privados que tendrán que quedarse en casa, en general, también se mantienen sin cambios por cuatro horas:

  • de 10.00 a 12.00,
  • de la 17.00 19.00.

Pero ojo, porque para ambas categorías la propia Dpcm prevé una "frecuencia sistemática y repetitiva" de controles, "también proximidad de festivos y descansos semanales". En pocas palabras, después de recibir la primera visita fiscal aún existirá el riesgo de recibir una segunda.

VISITAS FISCALES 2018: LOS CAMBIOS MÁS IMPORTANTES

A partir del 13 de enero, el empleador o el propio Instituto Nacional de Seguridad Social podrán solicitar una inspección fiscal desde el primer día de ausencia del trabajador del lugar de trabajo. Los médicos a ser enviados al domicilio del trabajador serán seleccionados a través de un canal electrónico y, en caso de que la enfermedad "se prolongue", los facultativos podrán realizar nuevas visitas fiscales con "plazos sistemáticos y repetitivos". ".

VISITAS FISCALES 2018 SANCIONES

Los empleados públicos y privados que, previo reconocimiento médico, se encuentren ausentes en las franjas horarias de disponibilidad indicadas, estarán sujetos a la sanciones previstas en los convenios colectivos.

Cada trabajador dispondrá de 15 días para "justificar" la ausencia: en caso de que el motivo no sea válido, se iniciará un procedimiento disciplinario que puede llegar hasta recorte salarial (reducción del 100% los 10 primeros días de enfermedad, reducción del 50% los días siguientes) y, en los casos más graves, despido por justa causa.

VISITAS FISCALES 2018: CUANDO SE JUSTIFICA LA AUSENCIA

serán considerados ausencias justificadas los hechos para:

  • someterse a terapias y pruebas de diagnóstico que salvan vidas
  • accidentes de trabajo,
  • enfermedades profesionales,
  • patologías relacionadas con la discapacidad, igual o superior al 67%.

En estos casos, el médico tendrá la tarea de elaborar un informe que contenga la evaluación relativa a la capacidad o incapacidad para el trabajo comprobada, que luego se transmitirá electrónicamente al INPS.

En caso de que el trabajador pretenda volver al trabajo antes de la fecha límite programadapuede solicitar un segundo certificado al mismo médico que emitió el primero.

 

Revisión