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Tierras agrícolas Imu: Decreto de crecimiento aclara empresas IAP

El Decreto de Crecimiento establece definitivamente que las empresas propiedad del empresario profesional agropecuario (IAP) no pagan el IMU en terrenos y construcciones

Tierras agrícolas Imu: Decreto de crecimiento aclara empresas IAP

laIMU usted paga en tierra agricola? El empresario agrícola profesional (IAP), aunque trabaje a través de una empresa, ya no. Esto fue establecido por una enmienda a la Decreto de crecimiento aprobado en la Cámara y ahora en discusión en el Senado para la conversión definitiva. El texto arroja luz sobre el pasado, ya que la ley establecía que las tierras agrícolas y los edificios de propiedad directa o empresarios agrícolas profesionales (IAP). Esta última calificación, sin embargo, puede ser propia tanto particulares como empresas, lo que ha causado serios problemas en la interpretación de la ley.

En particular, mientras que las IAP de las personas físicas claramente caen dentro del alcance de la exención, no podría decirse lo mismo de las empresas calificadas como IAP. Porque la ley no era clara en este punto, hasta ahora los municipios italianos han interpretado la regla de diferentes maneras. Resultado: en algunos casos las empresas IAP tenían que pagar el Imu sobre terrenos agrícolas y edificios residenciales mientras que en otros estaban exentos, dependiendo de la administración en la que tuvieran la suerte (o la mala suerte) de caer.

Pero ahora algo ha cambiado. La semana pasada la Cámara aprobó una modificación al decreto de Crecimiento (artículo 16-ter) que arroja algo de luz sobre el problema. El texto deja claro que Los sujetos corporativos del IAP son equivalentes a las personas físicas en posesión de la misma titulación y por lo tanto no están sujetos al pago del IMU en terrenos agrícolas y en la casa.

Il Decreto de crecimiento ahora está siendo examinada por el Senado, donde será blindada de confianza y convertida en ley el 29 de junio, último día para evitar la caducidad de la disposición.

Confagricoltura expresa su satisfacción por la luz verde a la modificación de las empresas IAP y explica en una nota que la novedad "tiene efecto retroactivo, ya que el texto se refiere expresamente a la interpretación auténtica de la disposición (de conformidad con el artículo 1 del Estatuto del Contribuyente)”.

Pero, ¿qué significa exactamente "empresa con calificación IAP”? La respuesta está en el artículo 1, párrafo 3 de la decreto legislativo 29 de marzo de 2004, n. 99:

“Las sociedades de personas, cooperativas y sociedades de capital, también para efectos de consorcio, se consideran empresarios agrícolas profesionales si el estatuto prevé el ejercicio exclusivo de las actividades agrícolas a que se refiere el artículo 2135 del código civil como objeto social y están en posesión de los siguientes requisitos:

a) en el caso de sociedades colectivas cuando al menos uno de sus socios ostente la calificación de empresario profesional agrario. Para las sociedades limitadas, la calificación se refiere a los socios generales;

b) en el caso de las sociedades cooperativas, incluidas las que explotan explotaciones agrarias, si al menos la quinta parte de los socios ostentan el título de empresario profesional agrario;

c) en el caso de sociedades anónimas, cuando al menos uno de sus administradores ostente la calificación de empresario profesional agrario”.

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