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El 730 precompilado debe devolverse a las autoridades fiscales a partir del 1 de mayo.

Las declaraciones estarán disponibles en la página web de la Agencia a partir del 15 de abril y los contribuyentes, después de haber comprobado los datos ya consignados en el formulario y haber realizado las modificaciones o ampliaciones, deberán presentar oficialmente el 730 antes del 7 de julio - Estas son las últimas aclaraciones de la Agencia Tributaria.

El nuevo 730 precargado serán devueltos a la Agencia Tributaria a partir de 01 de mayo. Esta es la principal novedad contenida en una nota publicada ayer por las autoridades fiscales. Las declaraciones estarán disponibles en la página web de la Agencia a partir de 15 abril y los contribuyentes, luego de haber verificado los datos ya consignados en el formulario y de haberles hecho modificaciones o adiciones, deberán presentar de oficio el 730 por 7 julio

Pero, ¿cómo debemos lidiar con las nuevas declaraciones? Tras haber obtenido el visto bueno del Garante para la protección de datos personales, ayer la número uno de las autoridades fiscales, Rossella Orlandi, firmó una disposición explicando los procedimientos a seguir. Café, sustitutos de impuestos (empleadores o instituciones de seguridad social) e profesionales calificados (asesores laborales, censores jurados de cuentas, contadores y peritos comerciales) para recibir el formulario 730 precompilado de sus clientes (el nuevo formulario de declaración concierne únicamente a los empleados y pensionistas que el año pasado presentaron el formulario 730 o el formulario Unico con las características de 730). También aclaró varios aspectos sobre cómo contribuyentes podrán presentar su propia declaración.

CAF, RENUNCIA FISCAL Y PROFESIONALES

Quienes ofrecen asistencia fiscal deben recibir del contribuyente un proxy (que deberá contener el NIF y datos personales del contribuyente, el ejercicio fiscal a que se refiere el precompilado 730 y la fecha de otorgamiento del poder, así como la indicación de que la autorización se extiende también a la consulta del listado de información correspondiente a la devolución) y formular un pliego de condiciones en línea solicitar (a estos efectos bastará con el envío del NIF del contribuyente asistido, algunos datos relativos a la delegación recibida y algunos datos extraídos de la declaración relativa al ejercicio anterior). Se rastreará el acceso a los formularios y la Agencia comprobará la corrección de las representaciones, tanto interviniendo en las oficinas como solicitando ejemplares de muestra de los documentos.

Caf, los profesionales y los agentes de retención adquirirán los poderes para acceder al precompilado 730 junto con una copia del documento de identidad del interesado en papel o en formato electrónico. Se prevé una vía más rápida para que quienes dispongan de un usuario y contraseña personales accedan al sistema de información empresarial del suplente: el contribuyente en posesión de las credenciales, en efecto, podrá utilizarlas para otorgar la representación. “Las delegaciones adquiridas deberán constar en un registro cronológico ad hoc, en el que se indique el número progresivo y la fecha de las delegaciones, código fiscal y datos personales del delegante, detalle de su documento de identidad –especifica la autoridad fiscal–. En este sentido, cada estructura identificará uno o más responsables para la gestión de los apoderamientos”.

PRESENTACIÓN DIRECTA DEL CONTRIBUYENTE

Sin embargo, para los ciudadanos que decidan gestionar su declaración de forma independiente, las autoridades fiscales exigen que el acceso al documento se realice desde el área autenticada de la web de la Agencia con el usuario y contraseña de Fisconline o, en su defecto, con las credenciales emitidas por el Inps. . 

En cuanto a la gestión práctica de la 730, la Agencia precisa que el contribuyente, “una vez haya entrado en el sistema, tras haber verificado los datos propuestos por Hacienda, podrá aceptar, modificar o complementar su declaración. Incluso el contribuyente que no tiene un agente de retención que pueda hacer el ajuste (por ejemplo, los que perdieron su trabajo en 2015), puede acceder al 730 precompilado y, en este caso, puede pagar las cantidades adeudadas con el F24. que se pondrá a disposición ya completado, o indicar la cuenta bancaria en la que recibir cualquier reembolso. El contribuyente también podrá consultar la declaración presentada y la lista de sujetos delegados a los que se ha puesto a disposición, así como recibir cualquier comunicación en su 730 precompilado simplemente con la introducción de una dirección de correo electrónico válida”.

Por lo que preocupa veces, la Agencia anuncia que “a partir del 730 de mayo, los ciudadanos interesados ​​podrán enviar electrónicamente la declaración aceptada, modificada o integrada. En el plazo de cinco días obtendrá el recibo con el número de protocolo electrónico del expediente enviado. Corresponderá entonces a Hacienda poner a disposición de los agentes de retención los resultados contables de las declaraciones para el reconocimiento de la devolución o para las deducciones directamente en la nómina o en la cuota de pensión. En caso de que no sea posible proporcionar al sustituto el resultado contable, la Agencia informará al contribuyente tanto mediante un aviso en el área autenticada como a través de correo electrónico. Si, por el contrario, el sustituto que recibe el resultado contable no está obligado a realizar operaciones de regularización, comunicará electrónicamente a la Agencia el NIF del interesado. En estas dos hipótesis, el ciudadano podrá, de nuevo a través del área autenticada de los servicios telemáticos de la Agencia, presentar un XNUMX complementario modificando únicamente los datos del agente de retención o indicando su ausencia o, en su defecto, contactar con un Caf o un profesional licenciado.

PROTECCIÓN DE PRIVACIDAD

Finalmente, por el lado de la privacidad, "el contribuyente podrá saber quién ha tenido acceso a sus documentos a través de funciones dedicadas, disponibles en el área autenticada de la web de la Agencia Tributaria", escribe la Autoridad Tributaria, asegurando que la La seguridad de los canales telemáticos de Ingresos de la Agencia” está garantizada por su encriptación mediante mecanismos y protocolos estándar actualizados a las últimas versiones. Dada la especificidad de los datos y su relevancia, se aseguran niveles adecuados de seguridad del sistema de información tributaria. Como garantía adicional, el Sistema de Gestión de la Privacidad está estrechamente integrado con el Sistema de Gestión de la Seguridad de la Información. Además, se realizará un seguimiento de los accesos al Registro Tributario por parte de cada agente de retención, Caf y profesional cualificado, mientras que alertas puntuales reportarán conductas anómalas o de riesgo. Asimismo, la Agencia realizará comprobaciones periódicas, incluso por muestreo, de la idoneidad de las medidas de seguridad adoptadas por estos operadores que se comprometerán, con declaración expresa, a respetar las normas de pertinencia y no excedencia en el tratamiento de los datos. ". 

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