comparte

Conductor y documento de matriculación: verdad y fantasía sobre el riesgo de multa

La nueva regla vigente hoy ha generado pánico en la red, pero en retrospectiva no hay razón para preocuparse: he aquí por qué

Conductor y documento de matriculación: verdad y fantasía sobre el riesgo de multa

¿Es cierto que a partir de hoy todo aquel que conduzca un coche matriculado a nombre de otra persona se expone a una multa de 700 euros? No. La noticia circula desde hace tiempo y ha generado un alarmismo generalizado, pero, en estos términos, es falsa. 

Para saber cómo son realmente las cosas, consulte la circular del Ministerio de Infraestructura y Transporte n. 15513 (documento adjunto en Pdf). El texto deja claro que a partir de hoy es obligatorio informar en el certificado de registro los datos personales del conductor que no sea el titular solo si el uso dura al menos 30 días. Para los que infrinjan la nueva regla hay una multa de 705 a 3.526 euros, además del retiro del certificado de registro.

Pero presta atención a algunos detalles importantes:

1) está exento de la obligación si conduce el vehículo registrado a un miembro de la familia, siempre que cohabiten;

2) todas las personas que realizan actividades de también están exentas de la obligación transporte por carretera;

3) la regla es válida en cambio para i préstamo para uso, incluidos los de la coches de empresa;

3) la norma no es retroactivo, por lo tanto, solo entra en vigor a partir del 3 de noviembre de 2014; 

4) para anotar los datos personales del conductor distinto del titular (nombre, apellidos, fecha y lugar de nacimiento y lugar de residencia) en el certificado de matriculación en el Archivo Nacional de Vehículos, deberá dirigirse a la oficina competente del Registro de Vehículo. Se deben completar dos formularios (uno con los datos del titular, otro con los datos del conductor), luego de lo cual se emitirá un cupón para aplicar al cuadernillo. El costo total es 25 euros. También es posible realizar la operación a través de una agencia de práctica automotriz, que sin embargo, naturalmente, solicitará una tarifa por separado. 

5) Si la Policía cree que te va a multar, depende de ellos probar que llevas más de 30 días conduciendo el vehículo que no está a tu nombre. Y en la mayoría de los casos solo podrá preguntarte: “¿Cuánto tiempo llevas conduciendo este coche?”. Adivina qué respuesta no tienes que dar.  


Archivos adjuntos: La circular del Ministerio de Transporte.pdf

Revisión