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Guía del Referéndum Constitucional: 15 preguntas y respuestas

Del 7 al 23 del domingo 20 y del 7 al 15 del lunes 21 de septiembre votamos por el referéndum constitucional sobre el corte de parlamentarios - Esto es lo que debes saber

Guía del Referéndum Constitucional: 15 preguntas y respuestas

El domingo 20 y el lunes 21 de septiembre los italianos están llamados a expresarse sobre un nuevo referéndum constitucional. Paralelamente, también se realizan elecciones administrativas en siete Regiones y 962 Municipios. Esta guía, sin embargo, está dedicada únicamente al nombramiento del referéndum, del cual pretendemos aclarar los aspectos teóricos y prácticos. Comencemos con la pregunta que encontraremos en la tarjeta.

1) ¿CUÁL ES LA PREGUNTA DEL REFERÉNDUM?

Aquí está:

«Aprobado el texto de la ley constitucional sobre "Reformas a los artículos 56, 57 y 59 de la Constitución relativos a la reducción del número de parlamentarios", aprobado por las Cortes Generales y publicado en el Boletín Oficial de la República Italiana n.240 del 12 de octubre de 2019? "

2) ¿EN CUANTO SE REDUCE EL NÚMERO DE PARLAMENTARIOS?

El principal cambio de la Constitución se refiere al número de parlamentarios, que pasa de 945 a 600. En particular, los diputados pasan de 630 a 400 y los senadores de 315 a 200.

Si sólo consideramos a los elegidos en la circunscripción extranjera, los diputados bajan de 12 a 8 y los senadores de 6 a 4.

3) ¿CUÁNTOS SENADORES DEBE TENER COMO MÍNIMO CADA REGIÓN?

El número mínimo de senadores elegidos en cada región se reduce de 7 a 3. Se mantienen las excepciones ya previstas por la Constitución: en Molise se eligen dos senadores, en el Valle de Aosta sólo uno.

4) ¿QUÉ REGIONES TENDRÁN MENOS SENADORES?

Además de Molise y Valle d'Aosta, las Regiones con menos senadores serán Basilicata y Umbria (3), seguidas de Friuli Venezia Giulia y Abruzzo (4), Liguria, Marche y Cerdeña (5).

5) ¿QUÉ ESTÁ CAMBIANDO PARA TRENTO Y BOLZANO?

Las provincias autónomas de Trento y Bolzano se tratan como Regiones. Por tanto, si se aprueba la reforma, cada uno tendrá derecho a tres senadores.

6) ¿QUÉ CAMBIA PARA LOS SENADORES VIVITARIOS?

De hecho, nada. La reforma simplemente elimina una ambigüedad del texto original que siempre se ha interpretado en sentido restrictivo: 5 es el número máximo de senadores vitalicios que pueden estar en el cargo al mismo tiempo, y no el número máximo de senadores vitalicios que puede tener cada Presidente de la República podrá nombrar. Sin embargo, en términos de relevancia política, es claro que con una asamblea más pequeña aumentaría el peso de los senadores vitalicios.

7) ¿EL REFERÉNDUM TAMBIÉN SE TRATA DE LA EDAD PARA SER ELEGIDO Y PARA ELEGIR MIEMBROS?

No. La reforma constitucional que modifica la edad mínima para elegir y ser elegidos diputados y senadores (electorado activo y pasivo) está encomendada a otro proyecto de ley, que aún se encuentra en discusión en el Parlamento.

8) ¿CUÁNDO ENTRARAN EN VIGOR LAS NUEVAS NORMAS?

Si se aprueba la reforma, las nuevas reglas se aplicarán después de la próxima disolución de las Cámaras (en todo caso no antes de que hayan transcurrido al menos 60 días desde la entrada en vigor de la ley).  

9) ¿SE REQUIERE QUÓRUM?

No: el quórum del 50% más uno de los que tienen derecho a voto está previsto sólo para los referéndums derogatorios, no para los constitucionales. Por lo tanto, la reforma será promovida o rechazada independientemente de la participación.

10) ¿QUÉ DOCUMENTOS DEBO LLEVAR A LA VENTA?

Antes de acceder a la casilla, se deberá presentar en la mesa electoral la tarjeta electoral y el documento de identidad” u otro documento identificativo con fotografía, expedido por una administración pública, aunque esté caducado, siempre que sea regular en todo lo demás para garantizar la identificación del elector”, se lee en el sitio web del Ministerio del Interior. Una tarjeta de identificación emitida por una orden profesional también está bien, siempre que contenga una fotografía.

11) ¿DÓNDE Y CÓMO RENOVAR LA CARNET ELECTORAL?

Tienes que acudir a la oficina electoral del Municipio donde vives, que permanecerá abierta de 9 a 18” en los dos días anteriores a la fecha de la consulta y, en los días de la votación, durante todo el tiempo que dure la votación. operaciones", escribe de nuevo el Ministerio del Interior.

12) ¿DESDE QUÉ HORA Y HASTA CUÁNDO ESTÁN ABIERTOS LOS JURADOS?

Se puede votar del 7 al 23 el domingo 20 y del 7 al 15 el lunes 21 de septiembre.

13) ¿CÓMO PUEDEN VOTAR LAS PERSONAS EN EL HOSPITAL?

Los votantes hospitalizados pueden votar en las secciones del hospital, que sin embargo están presentes solo si la estructura tiene al menos 100 camas. De lo contrario, los colegios electorales especiales recogen los votos, pero debe solicitarlo con anticipación.

14) ¿Y QUIÉN ESTÁ EN CUARENTENA POR COVID?

Cualquiera que se encuentre en cuarentena o en aislamiento voluntario sólo podrá votar si, en un plazo comprendido entre el décimo y el quinto día antes de la votación, ha enviado al alcalde los siguientes documentos:

  • una declaración que acredite la voluntad de votar desde casa, completa con una dirección;
  • un certificado emitido por el funcionario médico designado por la ASL (en una fecha no anterior al día 14 antes de la votación) que certifique la condición de quienes están en tratamiento domiciliario o están en cuarentena o autoaislamiento en su propio hogar.

15) ¿CUÁL ES EL RIESGO DE QUIENES ENTRAN A LA CAJA DE FACTURACIÓN CON UN TELÉFONO MÓVIL?

Ha hecho jurisprudencia el caso de un hombre de 77 años que por haber fotografiado su papeleta mientras votaba fue condenado a pagar 15 euros.

Para otras respuestas ver las preguntas frecuentes del Ministerio del Interior.

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