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Irpef, guía de saldo 2014 y anticipo 2015

El 16 de junio es la fecha límite para pagar el saldo del Irpef de 2014 y cualquier primera cuota de 2015 – Aquí tienes quién tiene que pagar y cómo pagar.

Irpef, guía de saldo 2014 y anticipo 2015

No solo Tasi e Imu. El 16 de junio, el mismo día en que vence el plazo para pagar la primera cuota del impuesto de servicios y del impuesto municipal, muchos italianos -principalmente trabajadores por cuenta propia- también tendrán que ir a la caja para pagar el impuesto sobre la renta personal. La cita es sobre el saldo de 2014 y cualquier primera cuota de 2015 (que debe pagarse en uno o dos tramos, según el importe).

1) QUIÉN TIENE QUE PAGAR

Como elHacienda, el plazo involucra a "los contribuyentes obligados a realizar los pagos resultantes de las declaraciones anuales de personas físicas y sociedades (Unico PF o Unico SP)". Por lo tanto, todos los que se presentan para este año están excluidos. modelo 730.

En detalle, están obligados a presentar la modelo único personas físicas contribuyentes que en 2014 (año que cubre la declaración) poseyeron 

– ingresos empresariales (también en forma de participación); 
– ingresos del trabajo por cuenta propia para los que se requiere el número de IVA; 
– rentas no incluidas entre las que se pueden declarar con el modelo 730;
– rentas de fideicomisos, como beneficiarios;
– las ganancias patrimoniales resultantes de la enajenación de participaciones en sociedades residentes en países o territorios de tributación preferencial, cuyos valores no se negocien en mercados regulados.

Además, están obligados a presentar Pf único incluso los contribuyentes que

– no son residentes en Italia en 2014 o 2015;
– además deberán presentar una declaración entre IVA, Irap o el Modelo 770 ordinario y simplificado;
– debe presentar la declaración a nombre de los contribuyentes fallecidos.

[Descargar el modelo único para personas físicas de la web de la Agencia Tributaria]

Por último, “los contribuyentes que utilicen el modelo 730 -nos recuerda la Administración tributaria- pueden necesitar presentar algunos marcos del modelo Unico Pf (como el marco RW - Inversiones y actividades financieras en el exterior - Seguimiento - IVIE/IVAFE)". Con carácter general, “para los contribuyentes que presenten el modelo 730 y dispongan de agente de retención, las operaciones de regularización (es decir, la retención de las cantidades deudoras o la devolución de las cantidades acreedoras, derivadas de la liquidación de la declaración) se realizan directamente del agente de retención (patronal o institución de pensiones), a partir del mes de julio”.

En cuanto a la Modelo de asociación única, todas las empresas y asociaciones residentes en Italia que pertenezcan a una de las siguientes categorías deben presentarlo:

– empresas simples;
– sociedad general y sociedad limitada;
– compañías navieras (equivalentes a sociedades generales o sociedades limitadas, según se hayan constituido por unanimidad o por mayoría de votos);
– sociedades de hecho o irregulares (equivalentes a sociedades colectivas o sociedades simples según realicen o no actividad mercantil);
– asociaciones sin personalidad jurídica constituidas entre personas físicas para el ejercicio de artes y profesiones en forma asociada;
– sociedades conyugales si la actividad se ejerce en sociedad entre los cónyuges (cónyuges cotitulares de la licencia o cónyuges ambos empresarios);
– Agrupaciones Europeas de Interés Económico (AEIE).

[Descargar el modelo de sociedad única del sitio web de la Agencia Tributaria]

2) CÓMO PAGAR (FORMULARIO F24 Y CÓDIGOS FISCALES)

Los titulares de IVA deben pagar a través del F24 electrónico, mientras que aquellos que no tienen un número de IVA también pueden presentar el mismo modelo a los bancos, agencias postales y agentes de recaudación (Equitalia).

Los códigos fiscales a indicar en el formulario F24 son los siguientes:

– saldo del IRPF: 4001;

– anticipo IRPF: 4033.

[Descargue el formulario F24 del sitio web de la Agencia Tributaria]

[Rellenar y enviar F24 Web, la guía de la Agencia Tributaria]

3) PAGOS POR PARTICULARES

El saldo de 2014 y cualquier primera cuota del pago inicial de 2015 deben pagarse antes del 16 de junio. sin incrementos, o dentro de los 30 días siguientes con un incremento del 0,40%. Por lo que se refiere únicamente al anticipo, se adeuda únicamente si el impuesto referente a 2014 (neto de deducciones, créditos fiscales, retenciones y excedentes) es superior a 51,65 euros. 

El pago está hecho

– en un solo pago, antes del 30 de noviembre, si el importe adeudado por el anticipo no supera los 257,52 euros;

– en dos plazos si el pago inicial es igual o superior a 257,52 euros. En este caso, la primera cuota debe pagarse antes del 16 de junio y equivale al 40% del depósito, mientras que la segunda debe pagarse antes del 30 de noviembre y cubre el 60% restante.

“El contribuyente que prevea declarar un IRPF más bajo el ejercicio siguiente, debido, por ejemplo, a mayores cargas o menores rentas -escribe la Agencia Tributaria- podrá determinar los anticipos a pagar en función de dicha reducción del impuesto”.

El saldo y la primera cuota del anticipo se pueden pagar en siete cuotas (los plazos son 16 de junio, 30 de junio, 31 de julio, 31 de agosto, 30 de septiembre, 2 de noviembre, 30 de noviembre), mientras que el anticipo único de noviembre debe pagarse en una sola solución. . 

4) PAGOS DE EMPRESAS PERSONALES

“Las sociedades de personas y las entidades equivalentes a ellas –especifica el fisco- solo están obligadas a pagar el IRAP. El Irpef es pagado directamente por los accionistas, a quienes se les cobra la renta por transparencia (independientemente de la percepción)”.

Lea en FIRSTonline "Imu 2015 y Tasi 2015: guía en 7 puntos" 

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