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Gobierno: el Banco de Italia puede destituir a la alta dirección de los pequeños bancos

El ejecutivo está de acuerdo con la directiva de la UE que le otorga al Banco de Italia el poder de destituir a los directores de instituciones que no están bajo la supervisión del BCE - Los requisitos de los gerentes, las reglas sobre la acumulación de cargos, el régimen de sanciones administrativas tienen cambiado y más – Luz verde también para Solvencia II para seguros.

Gobierno: el Banco de Italia puede destituir a la alta dirección de los pequeños bancos

El Consejo de Ministros ha dado hoy luz verde definitiva a dos decretos que desarrollan otras tantas directivas de la UE en materia de bancos y compañías de seguros. Así lo anunció en un comunicado de prensa del Palazzo Chigi difundido al final del MDL, agregando que -durante la misma reunión- Vincenzo La Via fue confirmado como director general del Tesoro por otros tres años.

BANCOS PEQUEÑOS: BANKITALIA PODRÁ ELIMINAR A LOS MÁXIMOS DIRECTIVOS

1) La primera intervención otorga al Banco de Italia la facultad de destituir a los jefes de los bancos más pequeños (aquellos que no están bajo la supervisión del Banco Central Europeo), en caso de que la "gestión sana y prudente" de las instituciones esté en peligro. riesgo.

2) El decreto también reforma la legislación sobre los requisitos de los administradores y accionistas, integrando los requisitos objetivos de "honorabilidad y profesionalidad" con criterios de "competencia y corrección" e introduciendo algunos límites a la acumulación de cargos. 

3) Se introduce entonces un nuevo régimen de sanciones administrativas, que tendrá cuantías superiores y no afectará únicamente a las personas físicas. Por el contrario, el nuevo sistema pretende sancionar en primer lugar a la entidad y sólo en base a los supuestos señalados en el decreto legislativo también al representante de la empresa oa la persona física responsable de la infracción.

4) La disposición también trae nuevos mecanismos para denunciar, tanto al interior de la entidad como a la Superintendencia, las infracciones normativas por parte del personal del banco (las denominadas denuncias), además de la obligación de abstención de los accionistas y directores en las resoluciones en las que tengan interés en conflicto.

SEGUROS: NUEVA SUPERVISIÓN Y NORMATIVA SIMPLIFICADA

El Consejo de Ministros también ha aprobado hoy "un proyecto de decreto legislativo por el que se desarrolla la directiva 2009/138/CE relativa al acceso y ejercicio de la actividad de seguro y reaseguro (Solvencia II)", se lee en la nota de prensa.

La directiva, además de simplificar la legislación comunitaria mediante la codificación de las anteriores directivas de vida y no vida (excluyendo automóviles), introduce un nuevo régimen de supervisión prudencial con el objetivo de proporcionar un marco normativo "dirigido a la máxima protección de los usuarios -precisa además- el gobierno- y la creación de un nuevo sistema que dote a las Autoridades de Supervisión de las herramientas para evaluar la solvencia de una compañía de seguros”. 

Existen nuevos requerimientos de capital anclados a los riesgos efectivamente incurridos, nuevos criterios de evaluación y nuevos métodos de medición y mitigación de riesgos. Se actúa entonces sobre el gobierno de las compañías de seguros, responsabilizando al consejo e introduciendo nuevas funciones corporativas.

El decreto también especifica las funciones de supervisión atribuidas al IVASS, que podrá intervenir en el gobierno de las empresas y utilizar firmas de auditoría para las inspecciones in situ, disponiendo que los cargos sean asumidos por las entidades supervisadas con referencia únicamente a modelos internos. , como es el caso en otros países europeos. 

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