Una vez más, los grandes de la Web terminan bajo la lente de Antimonopolio. El garante de la competencia ha abierto varias investigaciones contra Google y Apple sino también de Dropbox para servicios de computación en la nube. Un comunicado de prensa lo anuncia.
Google (para el servicio Google Drive), Apple (para el servicio iCloud) y Dropbox, están afectados "por un procedimiento por supuestas prácticas comerciales desleales y/o vulneración de la Directiva de Derechos del Consumidor y por otro por supuestas cláusulas abusivas incluidas en la condiciones contractuales".
Le prácticas comerciales desleales se refieren esencialmente a la acumulación de datos sin una adecuada información a los consumidores. En el caso de Google y Apple está bajo observación “la omisión o indicación inadecuada, en la presentación del servicio, de la actividad de recogida y utilización con fines comerciales de los datos facilitados por el usuario y el posible condicionamiento indebido hacia los consumidores, que, con el fin de utilizar la nube almacenamiento, no estarían en condiciones de expresar su consentimiento al operador a la recopilación y uso de la información que les concierne con fines comerciales”, escribe el Antimonopolio.
Mismas quejas también para Dropbox, a la que -además- se le acusa "de no haber facilitado información sobre las condiciones, plazos y procedimientos para desistir del contrato y para ejercer el derecho de desistimiento de forma clara e inmediatamente accesible". De nuevo: Dropbox no permitiría "el fácil uso de los mecanismos extrajudiciales de resolución de conflictos, a los que está sujeto el profesional, con la información necesaria para acceder a ellos".
Los otros procedimientos abiertos para términos injustos por otra parte, se refieren, en particular, “a la amplia facultad – por parte del operador – de suspender e interrumpir el servicio; la exención de responsabilidad incluso en caso de pérdida de documentos almacenados en el espacio en la nube del usuario; la posibilidad de modificación unilateral de las condiciones contractuales; la prevalencia de la versión inglesa del texto del contrato sobre la italiana".