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IETU, números de IVA y sociedades: las cuatro novedades para 2020

Adiós al sueño del IETU para quienes ganan entre 65 y 100 euros, en su lugar cambian las reglas para empleados y jubilados - Aquí están todos los cambios previstos por la maniobra

IETU, números de IVA y sociedades: las cuatro novedades para 2020

La Maniobra 2020 contiene Importante noticia sobre el 15% del IETU para CIF, profesionales y empresas. El llamado impuesto único, introducido por la Ley de Presupuesto de 2019, está cambiando de cara. A partir del próximo año no solo entrarán en vigor los nuevos y fundamentales restrizioni, pero también se desvanecerán las esperanzas de acceder al régimen de tarifa plana para quienes registren ingresos y tasas de hasta 100 mil euros.

SIN IMPUESTO ÚNICO PARA AQUELLOS QUE GANAN MÁSÙ

La ley de presupuesto 2020 que recibió confianza en el Senadooe será aprobado sin cambios por la Cámara antes de Navidad, deroga algunas de las normas establecidas el año anterior. Al detalle, empresas y autónomos que declararon en 2019 los ingresos y cuotas entre 65 y 100 euros ya no podrán acceder al 20% del IETU esperado a partir de 2020 por la Maniobra anterior. La norma nunca entrará en vigor, sustituida por la nueva ley registrada Pd-M5S que deroga los apartados 17 a 22 de la ley 145/2018.

En cambio, se ha confirmado el techo en 65 mil euros. para el resto de contribuyentes que, respetando este límite, podrán seguir beneficiándose del 15% de tasa única.

TASA ÚNICA 2020: LOS NUEVOS PUESTOS

Sin embargo, la Ley de Presupuestos 2020 contiene nuevas restricciones que podrían generar incompatibilidad o falta de acceso al IETU.

El primero se refiere a la compensación de los empleados.: los derechohabientes podrán acceder al régimen subsidiado siempre que en el año 2019 no hayan incurrido en gastos por trabajo asalariado, incluidos trabajos auxiliares (ej. bonos de trabajo y bonos) superiores a 20 mil euros brutos. Las mismas reglas se aplican también en el caso de que se utilicen becarios o trabajadores con contrato de proyecto y para las sumas desembolsadas en forma de utilidades de empresas mixtas.

LÍMITES PARA EMPLEADOS Y PENSIONADOS

Empleados y jubilados que declararon en 2019 una renta superior a 30 mil euros no podrá tener acceso al IETU. La regla también se aplica a quienes se acogieron al régimen subsidiado el año pasado: a partir del próximo año ya no será posible. Si los ingresos derivados del trabajo o de la pensión son inferiores a 30 mil euros, se podrá seguir beneficiándose del IETU.

IMPUESTO ÚNICO Y FACTURA ELECTRÓNICA

La Maniobra 2020 confirma que los contribuyentes a tanto alzado no tendrán que emitir factura electrónica. Si lo hacen, sin embargo, tendrán una "prima": aquellos que emitieron solo facturas electrónicas en el año de referencia de la declaración podrán contar con una reducción de un año para el plazo fijado para la evaluación. De cinco a cuatro años.

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