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Impuestos, desguace: fecha límite el 31 de julio, así es como se paga

A final de mes vence la primera (o única) cuota de los llamados desguaces de carpetas y avisos: así se paga.

Impuestos, desguace: fecha límite el 31 de julio, así es como se paga

Comienza la cuenta atrás para la definición facilitada, el llamado desguace de carpetas y avisos. De hecho, el plazo para realizar el pago de la primera o única cuota vence el próximo 31 de julio. Una fecha importante para recordar porque la ley establece que la falta o morosidad en el pago hace que se pierdan los beneficios de la definición facilitada y la Recaudación de Ingresos deberá retomar los procedimientos de recaudación.

Para brindar la máxima asistencia a los ciudadanos ante la fecha límite, la Agencia de Recaudación de Ingresos ha creado una serie de servicios en línea para uso inmediato. En el sitio web www.agenziaentrateriscossione. gov.it a partir del 7 de julio es posible solicitar una copia de la comunicación de las sumas adeudadas, ya enviada por el Agente de Recaudación a los interesados, directamente desde el área pública, sin necesidad de pin y contraseña. Sin embargo, una copia de la comunicación ya estaba disponible en el área reservada desde el 16 de junio. También desde el área pública del portal, a partir del 10 de julio, los contribuyentes pueden utilizar ContiTu, el servicio que les permite optar por pagar de forma facilitada solo algunas de las facturas y avisos indicados en la comunicación de las cantidades adeudadas y tener, directamente en línea, los nuevos montos a pagar y las correspondientes boletas de pago. Gracias a esta herramienta, los contribuyentes no tendrán que renunciar por completo a los beneficios de la definición facilitada aunque no quieran, o no puedan, pagar íntegramente las cantidades "desechadas".

Quienes se adhirieron a la definición facilitada recibieron los boletines de los tramos elegidos en el momento de la presentación de la solicitud de adhesión. Cada boleta de pago muestra: el monto, la fecha límite de pago y el código RAV. Son muchos los métodos y canales de pago a disposición de los contribuyentes, veámoslos en detalle.

Sucursales bancarias. Presentando en ventanilla el comprobante RAV recibido del agente de cobro, el operador procederá a realizar el pago. El contribuyente puede solicitar el adeudo en cuenta corriente, si ha contactado con su oficina, o puede pagar con tarjeta de crédito o prepago, tarjeta de débito e incluso en efectivo para importes inferiores a 3 euros, en cumplimiento de la legislación contra el blanqueo de capitales y operaciones bancarias.

Banca por Internet. Debe conectarse al sitio web de su banco y utilizar el servicio de pago RAV. Simplemente ingrese su número de boletín RAV y el monto a pagar. El número RAV es suficiente para identificar el pago y el contribuyente a quien se refiere la deuda, por lo que no es obligatorio indicar el motivo.
Domiciliación bancaria. Es posible solicitar la domiciliación de las cantidades contenidas en los resguardos del RAV en su cuenta corriente. Basta con cumplimentar el formulario adjunto a la comunicación de las cantidades adeudadas, enviado por el Agente de Recaudación, y presentarlo en el banco de su oficina. Para suscribir el servicio de domiciliación en cuenta corriente, la solicitud de activación del mandato deberá presentarse en el banco del titular de la cuenta al menos 20 días antes del vencimiento de la cuota, cumpliendo con los trámites y obligaciones que establece la sistema interbancario, la fecha límite para la suscripción y entrega al banco de la primera cuota se fijó para el 11 de julio).
Cajeros automáticos (ATM). Es posible pagar los comprobantes de pago de la definición facilitada directamente en los cajeros automáticos autorizados, utilizando su tarjeta de cajero automático y accediendo al servicio de pago RAV.

Oficinas de correo. Basta con presentar el comprobante RAV recibido del agente de cobro y el cajero procederá a realizar el pago. Si es cliente de BancoPosta, el contribuyente puede solicitar un cargo en su cuenta. Puedes pagar con tarjetas de BancoPosta y también en efectivo para importes inferiores a 3 euros, en cumplimiento de la legislación contra el blanqueo de capitales. Es posible pagar las facturas directamente en los cajeros automáticos de Poste Italiane o en los quioscos autorizados con tarjetas BancoPosta.

Estancos afiliados a puntos de venta Banca 5 SpA, Sisal y Lottomatica. El contribuyente debe presentar el comprobante RAV recibido del Agente de Recaudación y el minorista gestionará el pago. Puedes pagar en efectivo (hasta 5 euros), con tarjeta de débito o con tarjeta de crédito (hasta 1.500 euros en estancos y hasta XNUMX euros en puntos Sisal y Lottomatica).

Sitio web www.agenziaentrateriscossione. gov.it y la aplicación Equiclick. El contribuyente puede pagar el comprobante del RAV conectándose a la sección de pagos e ingresando su código fiscal, el código RAV que figura en el comprobante y el monto. Posteriormente, podrá elegir entre múltiples operadores (bancos, correos y otras entidades de pago) que ponen a su disposición varios métodos -transferencia bancaria, crédito, débito, tarjetas prepago, giro postal, domiciliación- en la plataforma PagoPA, una plataforma pública sistema que garantiza a particulares y empresas realizar pagos electrónicos a la administración pública de forma segura y fiable, sencilla y con total transparencia en los costes de las comisiones.

Sucursales de la Agencia Tributaria - Recaudación. El contribuyente no necesariamente tiene que presentar el comprobante RAV recibido del agente recaudador, pero puede solicitar el pago indicando únicamente su código fiscal. El operador de ventanilla procederá a realizar el pago. El contribuyente puede pagar con tarjeta de crédito o prepago, tarjeta de débito y con instrumentos de crédito, tales como cheques de caja, cheques postales endosados, pagarés emitidos por el Banco de Italia y cheques bancarios y postales de cuenta corriente, hasta un límite de 20 mil euros. , a nombre de la Orden de la Agencia de Recaudación de Ingresos. También puedes pagar en efectivo por importes inferiores a 3 €, en cumplimiento de la legislación contra el blanqueo de capitales.

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