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Recaudador de impuestos, 229 plazos hasta agosto: impuestos, facturas y alquileres de corta duración

El calendario fiscal elaborado por la Agencia Tributaria prevé 229 plazos hasta finales de agosto - De ellos, 192 corresponden a impuestos que deben pagar los contribuyentes hasta el día 20 - Estos son los pagos, cumplimientos y fechas a tener en cuenta

Recaudador de impuestos, 229 plazos hasta agosto: impuestos, facturas y alquileres de corta duración

La tregua de verano otorgada por el fisco está a punto de terminar. A partir del lunes 20 de agosto se reanudará la obligación de pagar/cumplir y miles de contribuyentes tendrán poco tiempo para cumplir. A fin de mes, de hecho, el calendario fiscal elaborado por la Agencia Tributaria proporciona bien 229 plazos.

De estos, 192 se refieren a impuestos que los contribuyentes deben pagar por 20 agosto. Este es el último día para pagar Irpef, Ires, Irap e impuestos sobre la renta (cupón seco, aportes INPS).

El plazo del 20 de agosto afecta tanto a los contribuyentes con CIF que deben pagar la segunda cuota como a aquellos que -con o sin CIF- hayan optado por aplazar el pago de la primera cuota (vencida el 2 de julio) aceptando un aumento de la 0,4%. Sólo los contribuyentes sin número de IVA están obligados a pagar la segunda cuota por 31 agosto.

La fecha límite de 20 agosto también se refiere a los agentes de retención en relación con las obligaciones periódicas de IVA, INPS e Irpef.

También antes del 20 de agosto, los intermediarios inmobiliarios y las plataformas que gestionen portales telemáticos deberán enviar los datos de los alquileres de corta duración. En particular, deberán comunicar a la Agencia los contratos celebrados por personas físicas que no tengan ingresos empresariales, relativos a un inmueble de uso residencial, con una duración no superior a 30 días y celebrados por el intermediario entre el 1 de junio y el 31 de junio. Diciembre 2017.

Finalmente, antes del 20 de agosto, los sujetos del IVA están obligados a emitir y registrar facturas diferidas por bienes entregados o enviados en el mes anterior y que resulten del documento de transporte u otro documento capaz de "identificar" a las partes.

Por el 27 agosto en cambio (dado que el día 25 cae en sábado) los operadores intracomunitarios con obligación mensual tendrán que enviar las listas Intrastat.

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