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Fiat, la Consulta acuerda con Fiom: representación también para los que no firman contratos

Los jueces declararon inconstitucional el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores, donde excluye de la RSA las siglas que no sean firmantes de los contratos, regla aplicada por Fiat para excluir a Fiom CGIL de las fábricas.

Fiat, la Consulta acuerda con Fiom: representación también para los que no firman contratos

La Corte Constitucional acepta el recurso de Fiom sobre la representación sindical y juzga ilegítimo el artículo 19 del Estatuto de los Trabajadores, donde excluye de la RSA las siglas que no son signatarias de los contratos, regla aplicada por Fiat para excluir a Fiom CGIL de la fábricas.

La Consulta “declaró la ilegitimidad constitucional del artículo 19, 1 c. iluminado. b) de la Ley 20 de 1970 de mayo de 300 ("Estatuto de los Trabajadores") - reza una nota - en la parte en que no dispone que la representación sindical de empresa se constituya también en el marco de las asociaciones sindicales que, sin suscribir contratos aplicados en la unidad de producción, hayan participado en todo caso en la negociación relativa a los mismos contratos como representantes de los trabajadores de la empresa”.

Contra la decisión de Lingotto de no reconocer a sus representantes, Fiom ha presentado decenas de recursos en todos los tribunales de los territorios en los que hay presencia de Fiat. Hasta el momento, la iniciativa había dado lugar a una serie de fallos contradictorios, en parte a favor del sindicato y en parte a favor de la empresa.

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