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Factura electrónica: Hacienda premia la trazabilidad por encima de los 30 euros

A partir del próximo año, quienes utilicen herramientas trazables para todas las transacciones superiores a 30 euros podrán beneficiarse de un año de reducción en los plazos de liquidación - Para demostrar que han cumplido la norma, la herramienta más ágil es la factura electrónica, que sin embargo (entre privado) sigue siendo opcional.

A partir del 2017 de enero de 30, las empresas y los trabajadores autónomos que adopten instrumentos de pago trazables para todas las operaciones superiores a XNUMX € obtendrán un beneficio fiscal de la Agencia Tributaria: la reducción de un año de los plazos de evaluación. Así lo establece un decreto emitido por Hacienda el 4 de agosto y publicado en el Boletín Oficial el 6 de septiembre.

Por herramientas trazables nos referimos no solo a las tarjetas de crédito o débito, sino también a las transferencias bancarias o postales, así como a los cheques bancarios, bancarios o postales intransferibles.

Es importante subrayar que, para beneficiarse de la reducción de los plazos de valoración, precisamente todas las transacciones superiores a 30 euros (entrantes y salientes) deben ser rastreables. Esto significa que hacer o recibir aunque sea un solo pago en efectivo de más de 30 euros te impide obtener el beneficio.

Obviamente, los contribuyentes deben demostrar ante las autoridades fiscales que han cumplido con la regla. La forma más fácil de hacer esto es usar la factura electronica, que sin embargo, entre particulares, sigue siendo opcional.

Para aquellos que opten por utilizarlo, las autoridades fiscales deben poner a disposición la Sistema de intercambio, la misma herramienta utilizada para las facturas electrónicas (en este caso obligatorio) hacia la Administración Pública. Al hacerlo, la Agencia recibirá inmediatamente todos los datos que necesita.

Quienes en cambio opten por no utilizar la factura electrónica podrán cumplir con la obligación de notificar transmitiendo electrónicamente todos los datos a la Agencia Tributaria relativas a las facturas emitidas y recibidas.

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