La las vacaciones de verano han terminado y Taxman reanuda sus actividades a toda velocidad. Hoy, Martes agosto 20, millones de contribuyentes enfrentan un día ajetreado con bien 119 plazos fiscales. Pero eso no es todo: se esperan más obligaciones para finales de mes. Es hora de ponerse al día con los pagos aplazados y ponerse al día con las obligaciones acumuladas durante el verano.
Los plazos fiscales del martes 20 de agosto
Durante la pausa, que suspendió los plazos de declaraciones y pagos del 1 al 19 de agosto, el 20 de agosto marca una intensa recuperación. Los contribuyentes tendrán que pagar el impuestos anuales sobre la renta: quienes hayan optado por el pago fraccionado y hayan realizado el primer pago antes del 1 de julio deberán pagar el tercer plazo, con un interés del 0,50%, mientras que quienes hayan optado por pagar antes del 31 de julio deberán pagar el segundo plazo, incrementado en 0,18%, con un incremento del 0,40% aplicado anteriormente.
Asimismo, los clientes que hayan pagado más de 5.000 euros mensuales a colaboradores ocasionales, vendedores a domicilio, colaboradores coordinados y continuos, y otros trabajadores con obligaciones contributivas, deberán abonar el contribuciones de seguridad social para el mes anterior. Para colaboraciones coordinadas y continuas, la aportación se divide entre el cliente y el colaborador, respectivamente en proporciones de 2/3 y 1/3.
Además, las entidades que gestionan arrendamientos cortos debe pagar la retención del 21% sobre las tarifas cobradas en el mes anterior a través del formulario F24 de forma electrónica. Los contribuyentes con IVA mensual también deben pagar el impuesto adeudado en julio utilizando el código tributario 6007.
El 20 de agosto también es la fecha límite para el pago. del impuesto al entretenimiento correspondiente al mes de julio. Las partes involucradas deberán utilizar el formulario F24 de forma electrónica, y si el formulario tiene saldo cero, deberá enviarse vía “F24 web” o “F24 online”. De lo contrario, puede utilizar los servicios de banca por Internet ofrecidos por bancos y otros proveedores de servicios de pago.
Los plazos son del 26 al 31 de agosto
El 26 de agosto finaliza el plazo para el envío electrónico de las listas resumidas de operaciones intracomunitarias. Los contribuyentes que hayan realizado ventas o compras de bienes entre países de la Unión Europea, o que hayan suministrado o recibido servicios de entidades de la UE en el mes de julio, deberán cumplimentar y enviar los formularios Intra 1-bis e Intra 2-bis de bienes, y el Modelos Intra 1 cuarto e Intra 2 cuartos para servicios. Esta comunicación es esencial para garantizar la correcta trazabilidad de las transacciones entre los Estados miembros de la UE.
Il 30 agosto representa un plazo crucial para varias categorías de contribuyentes:
- contribuyentes isa: Quienes utilicen los Índices Sintéticos de Confiabilidad Fiscal (ISA) deberán pagar los impuestos a la renta e IRAP correspondientes al año 2023, así como el primer anticipo correspondiente al año 2024. Si el pago no se ha realizado antes del 31 de julio, hay un aumento de 0,40%. Este plazo también concierne a quienes adopten el sistema de tarifa plana y otros sistemas similares a los ISA. Es importante tener en cuenta que el recargo solo aplica si el pago se realiza después de la fecha límite del 31 de julio.
- Saldo IVA 2023: Los contribuyentes que no hayan pagado el IVA del año 2023 al 18 de marzo de 2024 deberán realizar el pago antes del 30 de agosto, con un incremento del 0,40% por cada mes de retraso. Sin embargo, si las deudas y créditos declarados en la Planilla de Renta 2024 se compensan y los créditos exceden a las deudas, el aumento no procede. Sin embargo, si las deudas exceden los créditos, el aumento del 0,40% se aplica sólo a la diferencia.
Por último, la 31 agosto Es la fecha límite para dos obligaciones importantes:
- Declaración de IVA IOSS: los contribuyentes registrados en el sistema IOSS deberán enviar la declaración del IVA por ventas a distancia de bienes importados con un valor no superior a 150 euros. La presentación deberá realizarse electrónicamente a través del Portal Ioss.
- Pago del IVA para bienes importados.: debe realizarse mediante el formulario F24 para ventas a distancia de bienes importados de países extracomunitarios, correspondiente al mes anterior. Este pago se refiere a transacciones por las cuales el impuesto venció el mes anterior.