En el lugar de trabajo, una colaboración a menudo puede convertirse en competencia. No es raro encontrarnos en situaciones desagradables donde nuestras ideas o conocimientos son robados injustamente en detrimento de nuestro negocio. Y aquí es donde la ley italiana es útil con el acuerdo de no competencia. Es una cláusula contractual que limita la capacidad de una empresa o de un trabajador para realizar actividades profesionales en competencia con la empresa tras la finalización de la relación laboral, a cambio de una determinada remuneración. Una obligación de lealtad regida por el Código Civil que es recíproca durante todo el período de colaboración y más allá.
Si las partes involucradas son ambas empresas, se comprometen mutuamente a no realizar actividades competitivas directas o indirectas con terceros y a no realizar ofertas de trabajo a empleados de competidores que operen en el mismo sector.
Normativa actual
Su disciplina radica en la Código Civil artículo 2125, 2596 y 1751-bisrespectivamente para empleados, autónomos y agentes comerciales. Se diferencia de la prohibición de la competencia en que esta última no necesita estipulación alguna para ser válida.
De hecho, la cláusula solo puede insertarse si es de mutuo acuerdo entre las partes, al comienzo de la relación laboral, durante o después de la terminación del contrato. Aunque la libertad de las partes, estas deben respetar algunas reglas impuestas por el artículo 2596 del CC: Forma escrita bajo pena de nulidad, duración máximo de 5 años para ejecutivos y 3 en otros casos, límites de la prohibición de competencia en función del tipo de actividad que se realice y del ámbito de actuación. Además, si se acuerda una mayor duración, ésta se reduce en la cantidad indicada. En caso contrario el juez laboral puede declarar su ineficacia si no se respetan las condiciones que rige el código.
En cuanto a la correspondiente, el Código Civil no especifica la cantidad pero el trabajador puede pactar un pago mensual (sujeto a aportes previsionales) o al término del contrato (sujeto al régimen tributario TFR). Según el Código, sin embargo, la remuneración debe ser proporcional a la duración, la extensión territorial y el objeto de la no competencia.
Límites de validez
Para no comprometer en exceso la actividad laboral del trabajador al término de la relación, existen algunos límites a la vigencia del pacto de no competencia. En este caso, el acuerdo puede ser declarado nulo y sin efecto.
Además de los casos señalados anteriormente (forma, objeto, duración, territorio), la acuerdo de no competencia se considera nulo si compromete el potencial de ingresos de las empresas o impone límites para restringir la capacidad profesional. Si se declara la nulidad, el empleador puede pedir al antiguo trabajador que le devuelva las cantidades pagadas anteriormente. Asimismo, si el trabajador demuestra que ha rechazado ofertas de trabajo debido a la declaración de nulidad del pacto de no concurrencia, entonces podría evaluarse la no devolución de dichas cantidades.
¿Qué sucede si una de las partes incumple el pacto de no competencia?
En el caso del trabajador del que hablamos competencia desleal, mientras que para el empleador de competencia parasitaria. En estos casos, el empleador y el trabajador pueden solicitar la aplicación de la sanción prevista en el contrato de trabajo y la indemnización de daños y perjuicios. Además, en caso de competencia desleal, el empresario podrá iniciar un procedimiento de urgencia para obtener una disposición del Juez que imponga de inmediato el cese de la actividad competitiva.
Este es un asunto complejo. Es por esto que muchos optan por confiar en una agencia de investigación privada especializada en el sector laboral. Los investigadores recogerán las pruebas necesarias para confirmar la posible violación del acuerdo por una de las partes que pueden ser utilizadas en el caso de un proceso legal.