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Ecobonus 110%: empleos subvencionados y reglas definitivas

Con la publicación del decreto de relanzamiento en el Diario Oficial llegan las reglas definitivas sobre el ecobono 110%: ¿quién puede solicitarlo, sobre qué puestos de trabajo se aplica? ¿Primera y segunda vivienda? aquí están todas las respuestas

Ecobonus 110%: empleos subvencionados y reglas definitivas

El bono ecológico del 110% es una realidad. Tras los rumores de las últimas semanas, con la publicación del decreto de relanzamiento en el Diario Oficial, llegan las normas definitivas sobre las maxi facilitaciones válidas para quienes decidan realizar obras que incrementen la eficiencia energética de los edificios y reduzcan el riesgo sísmico (los denominados sismabonus).

El decreto de relanzamiento contiene los datos relativos a las obras que le darán derecho a la bonificación ecológica del 110 %, las condiciones de uso de los mismos y la audiencia de los potenciales beneficiarios. Así que veamos cuáles son las reglas definitivas que prevé el Gobierno para dar un impulso al sector de la construcción que hace frente a la crisis provocada por la pandemia del coronavirus.

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110% ECOBONUS: LA LISTA DE TRABAJOS DE "CONDUCCIÓN"

El decreto de relanzamiento identifica tres tipos de trabajo, los llamados "drivers", que dan derecho a acceder al bono ecológico del 110%, previendo diferentes límites de gasto para cada una de estas intervenciones. Para acceder a la subvención será necesario realizar estas obras desde el 1 de julio hasta el 31 de diciembre de 2021. 

De acuerdo con el artículo 119, están sujetos al máximo descuento del 110%:

  1. trabajo de aislamiento térmico en superficies opacas de edificaciones que afecten al menos al 25% de la superficie bruta de dispersión. En este caso, el tope de gasto se fijó en 60 euros por cada unidad inmobiliaria del edificio;
  2. obras en las partes comunes de los edificios que requieran la sustitución de los sistemas de aire acondicionado de invierno existentes con sistemas centralizados de condensación, bombas de calor (incluyendo sistemas híbridos o geotérmicos, combinados también con la instalación de sistemas fotovoltaicos y sistemas de almacenamiento asociados), o microgeneración. El límite de gasto es de 30 euros por unidad de edificación.
  3. La tercera intervención impulsora se refiere viviendas unifamiliares. El bono ecológico del 110% se aplica a la sustitución de sistemas de aire acondicionado de invierno por sistemas de microgeneración o bomba de calor para calefacción, refrigeración o suministro de agua caliente sanitaria. También en este caso el límite de gasto es de 30 mil euros.

Para trabajos de reemplazo de sistemas de aire acondicionado, tanto en condominios como en casas unifamiliares, el bono ecológico del 110% también se aplica a los costos relacionados con la eliminación y recuperación del sistema reemplazado. 

110% ECOBONUS: OTRAS OBRAS

El decreto de relanzamiento establece que el bono ecológico del 110 % también se aplica a otro tipo de intervenciones actualmente sujetas a la deducción del 50 ó 65 %. Pero hay una condición: estos las intervenciones deben realizarse junto con al menos uno de los "trabajos de conducción" indicado arriba. 

Poniendo un ejemplo práctico, si reemplazamos los sistemas de aire acondicionado o realizamos trabajos de aislamiento en el edificio, tenemos derecho al bono ecológico del 110% incluso en la sustitución de ventanas, en la instalación de paneles solares, etc. 

El decreto también especifica que el bono ecológico del 110% también se aplica a los gastos incurridos para la instalación de sistemas fotovoltaicos dentro de un límite de gasto de 48 euros yinstalacion de columnas electricas para la carga del coche. También para estas dos intervenciones, la condición es que se realicen en paralelo con uno o dos de los trabajos de conducción enumerados anteriormente. 

110% ECOBONUS: CONDICIONES

Hay otras tres condiciones de acceso:

  1. el eco-bono del 110% se aplica a los gastos incurridos del 1 de julio al 31 de diciembre de 2021;
  2. Las intervenciones deben garantizar la mejora de al menos dos clases energéticas del edificio. Si esto no es posible, aún debe alcanzarse la clase energética más alta. Todo ello deberá acreditarse mediante un certificado de eficiencia energética (Ape) emitido por un técnico autorizado. 
  3. A través de un Decreto ministerial que se emitirá en los próximos 30 días, se aclararán todos los detalles relativos a las reglas y límites a respetar para acceder al superbono. Por ahora, por lo tanto, tenemos que esperar un poco más. Y en todo caso debe considerarse que el decreto -en proceso de ser convertido en ley en el Parlamento- puede sufrir modificaciones.

110% ECOBONUS: QUIÉN PUEDE SOLICITARLO

En el numeral 9 del artículo 119 del decreto de relanzamiento se especifica la audiencia de beneficiarios. Tendrán acceso al 110% eco-bono:

  • condominios; 
  • personas físicas, fuera del ejercicio de negocios, artes y profesiones, en unidades inmobiliarias
  • los Institutos Autónomos de Vivienda Social (IACP) y entidades con los mismos fines sociales, 
  • cooperativas de vivienda de dominio indiviso, por las intervenciones que se realicen en los inmuebles de su propiedad y cedidos para el disfrute de sus socios”.

SEGUNDAS VIVIENDAS ¿SI O NO?

El ecobono del 110% es válido para primera y segunda vivienda en condominio y para vivienda unifamiliar utilizada como residencia principal. En cambio, no puede aplicarse a intervenciones realizadas sobre viviendas unifamiliares que sirvan como segunda residencia. 

BONO SISMA AL 110%

El decreto de relanzamiento establece que se tiene derecho a una deducción del 110% también por obras de mejora sísmica en edificaciones, siempre que éstas estén ubicadas en las zonas sísmicas 1, 2 y 3 (excluyendo por tanto la 4). El suberbono es válido tanto para obra en condominio como para vivienda unifamiliar y también es válido para la compra de edificaciones antisísmicas. 

DEDUCCIÓN, ASIGNACIÓN O DESCUENTO EN LA FACTURA

Tanto el ecobonus como el 110% sismabonus se pueden utilizar directamente aprovechando una deducción del 110% del gasto incurrido (recuperación en 5 cuotas anuales). Alternativamente el crédito puede ser transferido a empresas ejecutores (pero debe asegurarse de que la empresa elegida prevea esta opción) a bancos, otros intermediarios financieros o, solo para el sismabonus, a una compañía de seguros. Tercera alternativa: optar por uno 100% de descuento en factura el coste de las obras por parte de la empresa. Estos últimos adquirirán un crédito del 110% y podrán a su vez transferirlo a bancos, terceros o intermediarios financieros.

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