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Crédito fiscal, mascarillas y más: la guía fiscal

Del 20 de julio al 7 de septiembre, los empresarios y operadores del tercer sector pueden solicitar dos nuevos créditos fiscales: así funcionan

Crédito fiscal, mascarillas y más: la guía fiscal

Llegaron las instrucciones de la Agencia Tributaria sobre el crédito fiscal por los costos de higienización de los ambientes de trabajo y la compra de equipo de protección personal (mascarillas y guantes, pero no solo). Las explicaciones están contenidas en una medida publicada el pasado viernes por el Director de Tributación y conteniendo además los modelos a utilizar. En otro documento, el circular 20/E, la Agencia también proporciona las primeras aclaraciones interpretativas y pautas operativas sobre los dos créditos fiscales.

Los bonos se introdujeron con el decreto de relanzamiento para ayudar a las empresas, comerciantes y artesanos a trabajar de forma segura sin dañar más sus cuentas.

QUIEN TIENE DERECHO

El público de beneficiarios incluye operadores con actividades abiertas al público (bares, restaurantes, hoteles, teatros y cines), pero también números de IVA en régimen de tarifa plana, empresarios y negocios agrícolas (ya sea "que determinen los ingresos en base catastral - explica la Agencia Tributaria- y las que producen renta empresarial"). La lista también incluye asociaciones, fundaciones y otras entidades privadas, incluidas las entidades del tercer sector (aunque "no ejerzan, principal o exclusivamente, una actividad empresarial").

¿CUÁNTO ES EL CRÉDITO FISCAL?

Por ahora solo sabemos que hay un límite máximo de 80 mil euros para gastos subvencionables. El alcance del crédito (es decir, el porcentaje) aún no se conoce: las autoridades fiscales lo comunicarán antes del 11 de septiembre.

CÓMO APLICAR

El formulario de comunicación de la cuantía de los gastos objeto de la deducción fiscal sólo podrá enviarse a través de la web, a través del área reservada de la web de Rentas o a través de los canales telemáticos de la Agencia. Alternativamente, se puede delegar un Caf o un contador. La respuesta llegará dentro de cinco días. La comunicación podrá ser remitida desde el 20 de julio hasta el 7 de septiembre.

EL CRÉDITO FISCAL SE PUEDE ASIGNAR

Los titulares del crédito fiscal también pueden optar por no utilizarlo directamente como compensación para su próxima declaración de impuestos: de hecho, es posible transferir el bono (incluso parcialmente) a otros sujetos, incluidos los bancos y otros intermediarios financieros.

SI NO SON OPERADORES PROFESIONALES PARA SANEAR

El crédito fiscal es admisible aunque las actividades de higienización no sean realizadas por operadores profesionales, siempre que los gastos estén “vinculados a las actividades realizadas económicamente por el beneficiario, haciendo uso de sus propios empleados o colaboradores”, aclara nuevamente la autoridad tributaria. .

OTROS GASTOS ACEPTABLES

Además de los gastos incurridos directamente por el saneamiento de las habitaciones, también entran dentro del perímetro de la bonificación los destinados a otros fines:

  • compra de equipo de protección personal como mascarillas, guantes, viseras, gafas de protección, trajes y calzado de protección;
  • compra de productos de limpieza y desinfección;
  • compra de termómetros, termoscanners, alfombras y bandejas descontaminantes y sanitizantes;
  • compra de dispositivos destinados a garantizar la distancia de seguridad entre personas, por ejemplo barreras y paneles de protección.

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