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Tribunal UE, Popolari: "Reforma compatible, pero umbrales por evaluar"

Assopopolari: "El Tribunal tiene razón, el umbral de los 8 millones restringe el movimiento de capitales" - La justicia italiana se encarga de evaluar el techo de activos - Volver al Consejo de Estado

Tribunal UE, Popolari: "Reforma compatible, pero umbrales por evaluar"

La reforma de los bancos públicos, lanzado por el gobierno de Renzi en 2015, es compatible con la legislación europea. Así lo estableció el Tribunal de Justicia de la UE, llamado a pronunciarse sobre la legitimidad de la reforma tras los recursos de algunas asociaciones de consumidores y miembros de la banca.

Según los jueces comunitarios la limitaciones en el reembolso de las cuotas de afiliación de los bancos populares son "legítimos siempre que sean estrictamente necesarios para que el banco disponga de fondos propios suficientes para contrarrestar su posible impago, apreciación que corresponde concretamente al juez nacional". 

La sentencia trae la evaluación de la adecuación del techo de activos, fijado en 8 XNUMX millones, más allá del cual los bancos populares están obligados a transformarse en sociedades anónimas. El Tribunal observa que el Derecho de la UE no prevé directamente obligaciones o prohibiciones, pero que este umbral implica "en principio", una restricción a la "libre circulación de capitales ". “Tal restricción -prosiguieron los jueces- puede justificarse con el objetivo de garantizar una mayor competitividad de los bancos, su buen gobierno y, en definitiva, una mayor estabilidad global del sistema bancario y financiero europeo”. 

Sin embargo, según el Tribunal, "al limitar la importancia de la actividad económica que pueden ejercer los bancos italianos constituidos en una determinada forma jurídica, dicha legislación puede disuadir a los inversores de Estados miembros distintos de la República Italiana y de terceros países de adquirir una participación en el capital de dichos bancos y, por tanto, constituye una restricción a la libre circulación de capitales prohibida, en principio, por el artículo 63 TFUE". 

Il El procedimiento volverá ahora al Consejo de Estado que, tras un nuevo debate con las partes, podría desbloquear la reforma sobre la obligación de transformarse en sociedad anónima cuyo plazo se ha aplazado al 31 de diciembre de 2020.

“La decisión de hoy del Tribunal de Justicia no hace más que reafirmar lo que siempre hemos dicho – declara Giuseppe DeLucia Lumeno, secretario general de Assopopolari-, reconociendo que el umbral de los 8 8 millones viola una de las libertades fundamentales garantizadas por el Tratado y remitiéndolo al Consejo de Estado, ante el cual reanudará las actuaciones, para que valore si se ha respetado efectivamente el principio de proporcionalidad en el caso concreto. En efecto, el juez italiano está llamado a verificar, entre otras cosas, como indicó el Tribunal de Justicia, si la legislación italiana que impone la transformación obligatoria en sociedades anónimas de cooperativas con activos de más de XNUMX mil millones de euros es «adecuada para garantizar la consecución de los objetivos de interés general que persigue y que no excede de lo necesario para su consecución”. Al fin y al cabo, está bastante claro –y siempre lo hemos dicho– que la fijación de un umbral para convertirse en un banco cooperativo, además tan pequeño y desprovisto de toda base legal, es único en toda Europa”. 

“Además, continúa el secretario general, colocando a los bancos cooperativos italianos en una posición incomprensiblemente peor en comparación con realidades europeas similares: los 50 principales grupos cooperativos europeos tienen activos que superan con creces los 8 mil millones de euros, con un promedio de 160 mil millones. Se espera, por tanto, no sólo en interés de la Categoría sino de todo el país, que en la continuación de la sentencia ante el Juez remitente, se recupere el valor que representa la libertad de empresa, eligiendo libremente entre los diferentes modelos reconocidos y previstos. por lo jurídico, finalmente encontrar el justo reconocimiento".

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