El Tribunal Constitucional resolvió la enmienda sobre el interés compuesto, término utilizado para indicar el cálculo de intereses en perjuicio del titular de la cuenta, contenido en el Milleproroghe, declarándolo inconstitucional.
Con esta sentencia, que recoge órdenes de nueve juzgados distintos, la Consulta rechaza definitivamente la llamada regla del ahorro bancario. La práctica del anatocismo está prohibida desde el año 2000, pero había que establecer los tiempos para cualquier recurso contra los bancos que lo hubieran practicado.
En el pasado, el Tribunal de Cuentas ya había intervenido en este sentido, estableciendo que el acreedor podía demandar a los bancos, para recuperar intereses ilegítimos, dentro de los 10 años del cierre de la cuenta. La regla Milleproroghe, en cambio, establecía un plazo diferente, 10 años, es decir, contados a partir del día en que se registró el débito. Este plazo, sin embargo, habría hecho imposible que alguien apelara.