No es que estemos entusiasmados con el decreto del "1 de mayo" de Meloni, pero nos gustaría detenernos en uno de sus aspectos que más críticas ha cosechado: la disciplina de contratos a plazo. No porque los consideremos como un recurso tan "mágico" (aunque en determinadas situaciones, como la recuperación tras una crisis, tienen una función no marginal), sino porque son estructuralmente inherentes a un mercado de trabajo saludable. Pueden incentivarse o desincentivarse, según las opciones de política económica. Pero pensar en entorpecerlos por ley, y por tanto pensar en obligar a las empresas a asumir contratos indefinidos, es tan patético como pensar en fijar la base imponible del trabajo. Además, a pesar de los tonos apocalípticos utilizados por algunos dirigentes sindicales, el número de contratos de duración determinada sigue cayendo mientras que el de contratos estables: los empleados fijos aumentaron en 515 unidades (+3,5 %) en un año, frente a una fuerte reducción de los empleados temporales de 143 unidades (-4,6 %), que volvieron a caer por debajo de los 3 millones.
El Gobierno ha intervenido para alargar la duración de los contratos de duración determinada que podrían llegar a los 24 meses o incluso más
En realidad, el efecto más evidente de la disposición es el de incentivar la prolongación de la duración de los contratos de duración determinada, que pueden llegar a 24 meses y en ciertas ocasiones aún más. Y aquí interviene el discriminante ideológico: al no poder reiterar el contrato a plazo fijo, ¿la Empresa lo transformaría en indefinido? Si no lo hace, porque la experiencia con el empleado no la convenció o porque no quiere inflar la plantilla de forma permanente, seguro que no será la prohibición de ampliarla la que la obligue. Por otro lado, hay que decir que el enfoque pretendía hacer el contrato de duración determinada cada vez más corto y no renovable. empeoran las condiciones de los trabajadores a los que se aplica, a los que les resulta mucho más útil un contrato de 24 o 36 meses que uno corto.
Cabe señalar que un contrato a plazo que se puede extender hasta dos años comienza a parecerse mucho a un contrato estable: tanto porque si dura tanto tiempo, es probable que se convierta en uno estable: la tasa de conversión de los contratos a plazo en contratos estables es de hecho un aumento (casi un 12% frente al 9% en 2021); y porque la duración de facto de los contratos indefinidos es bastante corta, especialmente en tiempos de renuncia voluntaria: alrededor del 30% se rescinde dentro de los primeros 12 meses. El contrato permanente ya no encarna el trabajo "de toda la vida" de los viejos tiempos del taylorismo y el laborismo. Y al fin y al cabo, incluso en la mítica realidad española, tan querida por los sindicatos y la izquierda política, hay un elemento de "desencanto": es cierto que el contrato de duración determinada ha sido muy limitado pero en cambio la estabilidad el contrato se desestabiliza; de hecho, el despido, incluso sin justa causa, es siempre posible mediante el pago de una sanción equivalente a un máximo de dos meses de salario. Adoptar el modelo "español" significaría redimensionar sustancialmente el art. 18 del Estatuto de los Trabajadores: si quiere, dígalo explícitamente.
El verdadero problema: los contratos en el sector comercio-turismo-restauración
En esta lucha espasmódica contra los contratos de duración determinada "largos", el sindicato y la izquierda (que, sin embargo, desde hace algún tiempo, incluso antes de que apareciera Schlein, ha dado señales claras de que ya no están en el oficio) han pasado por alto la verdadero problema: yo contratos muy corto en comercio - turismo - sector restauración.
Que son en parte fisiológicos: pensemos en contratos por unos días vinculados a actividades como promociones-presentaciones, y que muy bien pueden ser cumplidos a través de los obsoletos vales, que garantizan la emergencia de cotizaciones sociales y negras. Pero que en otra parte, especialmente en el turismo-restauración, son provocados por una falta de voluntad para invertir en mano de obra a largo plazo; por lo tanto, se crea un circuito cerrado entre oferta y demanda, donde la demanda, precisamente por la opción de no invertir en el futuro, ofrece ofertas a plazo fijo, a tiempo parcial y a menudo mal pagado y la oferta más calificada resulta en consecuencia. Esto se debe en gran medida a la enorme presencia de microempresas y en general al infradimensionamiento de las empresas de estos sectores.
El sector turístico: un área real y definida de sufrimiento
Cifra extraída del observatorio Excel - Anpal relativa a las previsiones para el quinquenio 2023-27: la pérdida en términos económicos provocada por el descalce del sector es de 7,4 millones al año, con diferencia la mayor de todos los sectores; y ello ante una demanda que, en el quinquenio, entre facturación y nuevas contrataciones, prevé más de 750.000 nuevas contrataciones. En esencia, el sector que tiende a emplear más mano de obra sufre una depresión doble: regulación a través de i CCNL es solo parcial, la demanda siempre supera a la oferta pero esto no conduce a aumentos salariales; la negociación colectiva no funciona, pero tampoco lo son las leyes del mercado. Si fuera un nicho en el mercado laboral podría ser un interesante objeto de estudio, pero a esta escala se convierte en un gran problema para los agentes sociales y el gobierno. Un ámbito de sufrimiento real y definido, que requiere respuestas concretas, mucho más allá de las denuncias retóricas sobre el imaginario flagelo bíblico de la precariedad.