comparte

Amnistía 2019: el recaudador explica cómo aplicar

La Agencia Tributaria ha publicado el modelo para presentar la solicitud de adhesión a la operación "saldo y extracto" - Aquí tienes todo lo que necesitas saber sobre quién puede adherirse, cómo aplicar y cuánto puedes ahorrar

Amnistía 2019: el recaudador explica cómo aplicar

El perdón cobra vida. La Agencia Tributaria ha publicado en su página web el modelo de presentación de la solicitud de participación en la operación "saldo y extracto" puesta en marcha con la maniobra. El procedimiento permite a las personas con graves dificultades económicas pagar sus impuestos y cotizaciones a la seguridad social de forma reducida.

QUIÉN PUEDE UNIRSE

El formulario SA-ST para adherirse al "balance y extracto" está reservado a los contribuyentes personas físicas que acrediten tener los requisitos de renta y patrimonio señalados por la ley (Isee del núcleo familiar no superior a 20 mil euros) y que tengan deudas encomendadas al agente de cobro entre el 1 de enero de 2000 y el 31 de diciembre de 2017 derivados exclusivamente de:

  • pago omitido de los impuestos que resulten de las declaraciones anuales;
  • omisión del pago de las cotizaciones adeudadas por los afiliados a los fondos de pensiones profesionales del INPS oa la administración de pensiones de los trabajadores por cuenta propia, con excepción de las solicitadas previa liquidación.

Las personas físicas para las que el procedimiento de liquidación previsto por la ley sobre sobreendeudamiento ya esté abierto en la fecha de presentación de la declaración de adhesión.

También se incluyen en la facilitación los contribuyentes que se hayan adherido al anterior desguace de carpetas sin completar los pagos adeudados.

CUANTO PAGAS

El régimen prevé el pago del 16% del importe adeudado con Isee hasta 8.500 euros, el 20% con Isee hasta entre 8.501 y 12.500 euros y el 35% con Isee entre 12.501 y 20 miles de euros. En todos los casos, las multas y los intereses de demora se reducen a cero.

En el caso de las personas físicas a las que se encuentre abierto el procedimiento de liquidación previsto por la ley sobre sobreendeudamiento, el porcentaje a pagar es igual al 10% de las cantidades adeudadas en concepto de principal e intereses.

En todo caso, serán exigibles las cantidades devengadas a favor del agente de cobro en concepto de prima y reembolso de gastos por los trámites ejecutivos y notificación de la carpeta de pago.

COMO PAGAR

La amnistía puede pagarse en una sola cuota hasta el 30 de noviembre de 2019 o en cinco cuotas de importe variable (35% del total adeudado hasta el 30 de noviembre de 2019, 20% hasta el 31 de marzo de 2020, 15% hasta el 31 de julio de 2020, 15% hasta el 31 de marzo de 2021 y el 15% restante al 31 de julio de 2021) con un interés del 2% anual a partir del 1 de diciembre de 2019.

CÓMO Y DÓNDE PRESENTAR LA SOLICITUD

Para afiliarse, explica la Agencia, debe presentar el formulario SA-ST, donde "SA-ST" indica "saldo y extracto", antes del 30 de abril de 2019. El formulario está disponible, así como en el sitio web de Ingresos, también en todos las sucursales de la Agencia de Ingresos-Recaudación.

Después de haber informado los datos personales, es necesario indicar en el formulario las carpetas o avisos para los cuales se desea hacer uso de la prestación "saldo y extracto". Posteriormente, deberá acreditar que se encuentra en una situación grave y comprobada de dificultad económica, informando las referencias de la Declaración Sustitutiva Única (DSU) presentada a efectos del ISEE e informando del valor del ISEE de su hogar o embargándolo, en caso de liquidación. procedimiento, la copia conforme al decreto respectivo. En el formulario, el contribuyente también debe especificar si tiene la intención de pagar el monto adeudado en una sola cuota antes del 30 de noviembre de 2019 o en 5 cuotas.

El modelo SA–ST debe presentarse por correo certificado (PEC), junto con una copia del documento de identidad y la documentación adjunta, en la casilla PEC de la Dirección Regional de la Agencia Tributaria de referencia, o entregarse en las ventanillas de la Agencia Tributaria-Recaudación.

PARA LOS QUE SE QUEDAN FUERA, COMENZARÁ EL SCRAPPING-TER

A falta de los requisitos, la presentación de la solicitud de ingreso en el "saldo y extracto", como exige la ley, se considerará automáticamente como una solicitud de acceso a la definición facilitada prevista por el art. 3 del Decreto Legislativo n. 119/2018, el denominado desguace-ter.

LA COMUNICACIÓN DE LAS SUMAS DEBIDAS

Antes del 31 de octubre de 2019, la Agencia Tributaria - Recaudación informará al obligado tributario del importe de las cantidades adeudadas y los plazos de las cuotas individuales para el "saldo y extracto" o, en defecto de los requisitos o en el caso de deudas que en todo caso puede definirse de conformidad con el art. 3 del Decreto Legislativo n. 119/2018, las cantidades adeudadas calculadas según el denominado desguace-ter, con los correspondientes plazos de pago.

Revisión