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Competencia y desembolsos públicos, cuantos problemas de aplicación

El presidente de Assonime, Innocenzo Cipolletta envió al Mise y al Mef un documento que contiene algunas observaciones sobre los puntos críticos de la regulación de los desembolsos públicos introducida por la ley n.124/2017 sobre el mercado y la competencia.

El Presidente de Assonime, Innocenzo Cipolletta envió al Ministro de Desarrollo Económico, Carlo Calenda, y al Ministro de Economía y Finanzas, Piercarlo Padoan, un documento que contiene algunas observaciones sobre los puntos críticos de la regulación de los fondos públicos introducidos por la ley n. 124/ 2017 sobre el mercado y la competencia.

Estas disposiciones, añadidas durante el examen por el Senado, forman parte del conjunto más amplio de disposiciones destinadas a garantizar la transparencia en las relaciones financieras entre sujetos públicos y otros sujetos. Sin embargo, según Assonime, la falta de claridad en la redacción planteó de inmediato problemas de aplicación que requieren lineamientos a nivel interpretativo y, en algunos aspectos, una revisión de la disciplina.

Assonime destaca que, dado que se trata de nuevas obligaciones de transparencia introducidas en agosto de 2017, para permitir que las empresas organicen flujos de información con fines informativos en las notas a los estados financieros, es fundamental aclarar que la primera aplicación se refiere a los desembolsos recibidos y realizados en 2018, que se informará en los estados financieros de 2019.

En base a lo que subrayó la asociación liderada por Cipolletta, esto dará tiempo a las administraciones competentes para aclarar las cuestiones abiertas y así asegurar una aplicación uniforme de la disciplina por parte de los interesados, evitando el riesgo de las graves consecuencias previstas en caso de incorrecta ejecución (devolución de las cantidades percibidas por sujetos del tercer sector y por empresas, multa igual a las cantidades pagadas por empresas controladas por las administraciones del Estado).

Adjunto la nota completa: Nota sobre los párrafos 125 a 129 de la Ley 124 de 2017 de Assonime

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