Nosotros recibimos e publicamos El siguiente comunicado de prensa emitido por la OAM.
El nuevo Registro de Comerciantes, exigido por el Decreto Legislativo 212/2025, en aplicación de la Directiva CCD2, estará operativo a partir del 13 de julio. Así lo anunció la Autoridad, remitiéndose a la Circular Nº 70/26, que establece los procedimientos de registro en el portal de la OAM para las entidades sujetas a la nueva normativa y los datos que deben proporcionarse para la acreditación y el registro. El nuevo Registro, que permitirá a la Autoridad supervisar a los comerciantes —es decir, grandes superficies, comercios online y concesionarios de automóviles— para la protección del consumidor, contendrá los datos de los comerciantes que los bancos e intermediarios financieros deben presentar en un plazo de tres meses a partir del 13 de julio de 2026. Una sección específica contendrá también los datos de los acreedores comerciales, es decir, los proveedores de bienes o servicios que celebran directamente contratos de crédito como complemento de su actividad, únicamente en forma de pago aplazado gratuito, sujeto a costes limitados por retraso en el pago.
En el detalle
Bancos e intermediarios tendrá que comunicar los datos de la Intermediarios comerciales con los que han celebrado acuerdos para la concesión de crédito destinado a la compra de bienes o servicios ofrecidos por estos últimos, también sobre la base de declaraciones proporcionadas, bajo su propia responsabilidad, por los propios comerciantes. Para enviar comunicaciones, los bancos e intermediarios deben registrarse primero en el portal de la Organización (www.organizza-am.it), creando un Área Privada dedicada con acceso restringido mediante credenciales, y luego registrándose a través de los servicios disponibles. Una vez registrado, el banco o intermediario deberá enviar, mediante un servicio específico en el Área Privada que se activará en septiembre, la lista de datos —detallada en la Circular— relativa a los intermediarios comerciales con los que ha suscrito acuerdos, así como cualquier modificación de los mismos.
Acreedores comerciales Los acreedores comerciales también deberán registrarse con anticipación en el portal de la Organización (www.organizza-am.it) para acceder a su Área Privada, que ofrecerá servicios en línea específicos exclusivamente para usuarios registrados. Una vez completado el registro, deberán registrarse directamente mediante un formulario en línea, que deberá estar firmado digitalmente por su representante legal u otra persona autorizada. Las tarifas que deberán abonar los interesados, para cubrir los gastos de gestión y supervisión del Registro, se establecerán en una Circular posterior.
