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Casación: huelga garantizada para los abogados

Derecho de huelga también garantizado para abogados - Así lo afirmó la Cámara de Casación que sostiene que la sentencia de apelación de sentencias dictadas con procedimiento abreviado deberá celebrarse nuevamente si los abogados defensores se abstienen de sumarse a la huelga convocada por las Salas Penales

Casación: huelga garantizada para los abogados

Los abogados tendrán derecho de huelga. Así lo afirmó el Tribunal de Casación con la sentencia n. 14775 de la Primera Sección Penal radicada ayer.

Según el Tribunal, la sentencia de apelación de las sentencias dictadas con procedimiento abreviado deberá celebrarse nuevamente si los abogados defensores no se presentan a las audiencias para adherirse a la abstención proclamada por las Salas Penales. Si, en esencia, se sumarán al paro proclamado por la categoría.

Si hasta ahora la propia Casación había sido desfavorable al reconocimiento de la legitimidad de la huelga en el caso de procedimientos a puerta cerrada en las formas del artículo 127 del Código Procesal Penal, la sentencia presentada ayer se aparta de esta posición y en su lugar abraza lo afirmado el año pasado por las Secciones Mixtas con la sentencia núm. 26711/13.

La conclusión a la que llega el Tribunal confirma así el principio según el cual en la sentencia de la sala de apelación de sentencias dictadas con procedimiento abreviado, en caso de ejercicio de la libertad de abstención por el abogado defensor, la denegación de la solicitud de aplazamiento tiene como consecuencia la nulidad del procedimiento en el "régimen intermedio general" con fundamento en los artículos 178 y 180 del Código Procesal Penal.

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