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Hogar, cupón seco 2015: así funciona

Además de las primeras cuotas del Imu y Tasi, además del saldo y cualquier anticipo de Irpef, el 16 de junio también vence el plazo para pagar el cupón seco, el impuesto sustitutivo de los contratos de alquiler con fines residenciales. Así es cómo.

Hogar, cupón seco 2015: así funciona

Los propietarios que alquilan propiedades residenciales tienen más razones que la mayoría para marcar el 16 de junio en sus calendarios. De hecho, ese día vencerá el plazo para pagar no sólo el IRPF y los anticipos de Imu y Tasi, sino también el saldo y cualquier primera cuota del cupón seco, es decir, el impuesto sustitutivo y facultativo sobre las rentas de alquiler de vivienda que exime de pagando el Irpef (impuestos adicionales incluidos) y los derechos de registro y timbre del arrendamiento.

1. TARIFAS

El decreto de vivienda transformado en ley en mayo de 2014 rebajó la tasa del cupón seco sobre las rentas a la renta pactada del 15 al 10% en el cuatrienio 2014-2017 (la reducción, sin embargo, sólo es válida en los municipios con alta vivienda). tensión y en los que hayan declarado el estado de excepción en los cinco años anteriores a la entrada en vigor de la disposición). En los contratos de renta libre, por el contrario, la tasa se mantuvo en el 21%.

2. LA MEDIDA DEL DEPÓSITO

El anticipo es igual al 95% del impuesto adeudado del año anterior, y no al 100%, como en el caso del IRPF.

3. EN QUÉ CASOS NO SE PAGA EL DEPÓSITO

El depósito no se debe en dos casos: 

1) en el primer año de ejercicio de la opción cupón seco, por no existir base imponible de referencia, ni el impuesto sustitutivo adeudado en el período anterior;

2) si el cupón del año anterior no supera los 51,65 €.

3. ÚNICA O DOBLE CUOTA PARA PAGAR EL DEPÓSITO

El esquema de pago es similar al del Irpef:

– si la suma adeudada no supera los 257,52 euros, se requiere un pago único antes del 30 de noviembre;

– si, por el contrario, el importe es superior a 257,52 euros, se prevén dos cuotas: la primera se paga antes del 16 de junio y es igual al 40% del anticipo (por lo que debe pagarse el 40% del 95% del importe total calcularse), mientras que el segundo deberá abonarse antes del 30 de noviembre para cubrir el 60% restante (siempre el 95% del importe total).

4. EL EQUILIBRIO

El saldo se paga hasta el 16 de junio del año siguiente al que se refiere, o hasta el 16 de julio con un recargo del 0,40%.

5. LOS CÓDIGOS FISCALES PARA EL MODELO F24

Para pagar el cupón seco con el modelo F24 se debe indicar uno de los siguientes códigos tributarios:

– pago inicial de la primera cuota: 1840
– segundo pago inicial o solución única: 1841
– saldo: 1842

Lea en FIRSTonline "Imu 2015 y Tasi 2015: guía en 7 puntos"

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