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Calendario fiscal de abril: aquí están los plazos y prórrogas

Algunas obligaciones tributarias han sido suspendidas hasta junio, mientras que para otras siguen vigentes los plazos originales, al menos por ahora – Así está la situación

Calendario fiscal de abril: aquí están los plazos y prórrogas

¿Qué impuestos tienes que pagar? El calendario de los plazos de impuestos está en constante cambio. Con el decreto de Cura Italia, el Gobierno ha suspendido todas las obligaciones tributarias distintas al pago de impuestos, retenciones en el IRPF y aportaciones del mes. Para todo lo amparado por la disposición y que venciera entre el 8 de marzo y el 31 de mayo, se prevé un aplazamiento al 30 de junio sin intereses ni penalizaciones. En cuanto a los pagos excluidos hasta ahora, podrían suspenderse con una nueva disposición que llegue en Semana Santa, pero por el momento se mantienen los términos originales.

Estos son los principales plazos de abril para tener en cuenta.

PLAZO FISCAL 10 DE ABRIL

El viernes 10 de abril fue el último día para pagar los aportes a las empleadas domésticas del primer trimestre de 2020 con las nuevas cuotas. Sin embargo, la fecha límite se ha pospuesto hasta el 10 de junio.  

PLAZO FISCAL 15 DE ABRIL

A partir del 15 de abril, el nuevo modelo 730 precompilado estará en línea, disponible en modo de solo lectura durante las dos primeras semanas.

El mismo día vence el plazo para la emisión y registro de facturas por bienes entregados o expedidos durante el mes anterior. Además, es necesario resumir las cuotas del mes anterior, siempre que estén acreditadas mediante recibo o comprobantes fiscales.

PLAZO FISCAL 16 DE ABRIL

Este es el gran plazo fiscal que se mantiene sin cambios por el momento. Este es el plazo habitual para el pago de impuestos, retenciones y contribuciones.

  • Iva: Los contribuyentes mensuales deben pagar el impuesto relacionado con las operaciones de marzo.
  • Retenciones: los agentes de retención pagan las retenciones practicadas en el mes anterior sobre rendimientos del trabajo por cuenta ajena o asimilados, retribuciones por cuenta propia o rendimientos del capital.
  • aportes inps: Los empleadores deben pagar las cotizaciones de los empleados del mes anterior.
  • Parasubordinados: los clientes deben pagar los aportes sobre las cuotas pagadas en el mes anterior por las obras co.co.co y proyecto a la gerencia separada del Inps.

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