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Transferencias bancarias desde el extranjero: 20% de comisión automática

A partir del 20 de febrero de este año, los bancos están obligados a realizar una retención del XNUMX% en todas las transferencias que lleguen de otros países a personas físicas - Corresponde entonces al titular de la cuenta demostrar que no son pagos de ingresos - Es posible realizar una autocertificación, también preventiva, y solicitar la devolución del impuesto.

Transferencias bancarias desde el extranjero: 20% de comisión automática

El nuevo curso ya ha comenzado. A partir del 20 de febrero, los bancos están obligados a realizar automáticamente una retención a cuenta del XNUMX% sobre el importe de las transferencias que lleguen de otros países a personas físicas, entidades sin ánimo de lucro y sociedades simples equivalentes. Corresponderá entonces al titular de la cuenta demostrar que las sumas no constituyen compensación de ingresos.

La introducción del nuevo sistema viene con la modificación de las normas sobre control fiscal a la ley europea 97 de 2013. El objetivo es facilitar la labor de la administración financiera en la interceptación de capitales que se encuentran ilegalmente en el extranjero.
Para evitar el impuesto, es necesario autocertificar, incluso por adelantado, que los flujos no constituyen rentas de capital o de inversión. También puede hacerse posteriormente, solicitando la devolución de la retención en origen mal aplicada antes del 28 de febrero del año siguiente al de la tasa.

Todas las retenciones de impuestos aplicadas hasta junio deben pagarse en una suma global antes del 16 de julio.

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